SIEE PEREZ PALLARES 2016 | Page 11

7. Únicamente la excusa médica, por calamidad doméstica, incapacidad médica comprobada o permiso justificado del padre de familia tiene validez académica. 8. Para efectos de promoción, el valor porcentual de cada uno de los períodos primer y segundo Trimestre será del 30%, y el tercer trimestre será del 40%. El porcentaje total definirá la aprobación y promoción del estudiante. 9. Las valoraciones para notas definitivas por periodo se fijan de acuerdo a los siguientes porcentajes SABER 40% HACER 40 % PRUEBA SABER INTERNA 10% SER 10% 10. Los criterios de evaluación y promoción son de obligatorio cumplimiento para todos los docentes que orientan clases desde el grado primero hasta el undécimo; por cuanto, el sistema de evaluación del aprendizaje es parte fundamental del proceso de calidad del servicio educativo. 11. Para la promoción de los estudiantes de grado quinto a sexto y del noveno a décimo, deben cumplir con todos los requisitos académicos de estos niveles. 12. La proclamación de los bachilleres del grado undécimo se hará cuando hayan aprobado el 100% de las áreas programadas en el plan de estudios. Artículo 5°: Criterios de Recuperaciones y Nivelaciones. Las recuperaciones se harán en el transcurso de cada trimestre académico; al finalizar el primer, segundo, y tercer trimestre. Cuando se demuestra la inasistencia reiterada por los estudiantes en las actividades curriculares, el estudiante pierde el derecho a recuperar la asignatura antes de culminar el período. Los aspectos que se deben tener en cuenta dentro del proceso de recuperación: Contenido, cognitivos, motivación y otros factores. Si el estudiante llega al final del año escolar perdiendo áreas una (1) o dos (2), se aplicará el siguiente procedimiento de nivelación: 1. Solo se permite la nivelación cuando el estudiante ha perdido una o dos áreas. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES 11