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Como suele decirse una ley no es buena ni mala.

Considero que una ley debe estar vigente, otorgando seguridad jurídica y

siendo eficaz mediante su aplicación de manera permanente en el mercado que

regula.

Por ello toda norma debe orientarse a regular los usos y costumbres existentes

en cada momento y fijar unas reglas del juego y criterios de competencia en un

mercado o actividad.

La ley de Seguridad Privada del año 1992 estableció un marco de convivencia

lógico, para un sector económico denominado de seguridad privada en

desaforada expansión, concibiéndolo como una actividad complementaria y

subordinada a la seguridad pública con un carácter preventivo y disuasorio del

delito en dicho ámbito privado. Así mismo, definió entiendo de manera correcta

unas directrices y principios generales para satisfacción de una demanda de

seguridad existente en aquel momento, a través de una creación de unos

agentes intervenientes como las Empresas y el personal de seguridad privada,

así como la definición de unas actividades exclusivas y excluyentes para dicho

sector.

La pregunta o interrogante actual que debe hacerse el sector de la seguridad

privada, en relación a su Ley y demás normas complementarias, es si

transcurridos 20 años tras su entrada en vigor, estas normas han perdido su

vigencia y por ello dejan de ser exigibles para sus destinatarios de dichas

actividades, lo cual puede revelarse discutible o no si lo ponemos en relación

con el concepto que de la seguridad en general demanda la ciudadanía en la

actualidad al cambiarse el concepto de seguridad privada como la seguridad de

“unos pocos”.

Sobre dicha cuestión decir, que en la actualidad la seguridad aparece como una

realidad en la existe una corresponsabilidad del sector público, privado y de la

sociedad civil.

La idea de seguridad aparece inseparablemente ligada al concepto de

prevención, ya que lo que hacen las empresas y personal que componen la

seguridad privada, es ejecutar un serie de servicios preventivos a través de la

utilización de una serie de medios o medidas de seguridad, para evitar que se

materialice un riesgo que afecta al espacio privado protegido contratante de una

serie de actividades permitidas por la seguridad pública o bien evitar que el daño

que pueda causarse tras acceso a estos espacios privados protegidos sea el

menor posible.

En el futuro los modelos de seguridad ciudadana, en los cuáles se integra la

seguridad privada como una parte de la seguridad pública, se orientan a un

modelo de coparticipación por afectar a las organizaciones sociales de manera

amplia, al hablar ya de un modelo de seguridad europeo, difuminándose en

algunos supuestos por razón de la intervención policial los espacios privados y

públicos.