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Como suele decirse una ley no es buena ni mala.
Considero que una ley debe estar vigente, otorgando seguridad jurídica y
siendo eficaz mediante su aplicación de manera permanente en el mercado que
regula.
Por ello toda norma debe orientarse a regular los usos y costumbres existentes
en cada momento y fijar unas reglas del juego y criterios de competencia en un
mercado o actividad.
La ley de Seguridad Privada del año 1992 estableció un marco de convivencia
lógico, para un sector económico denominado de seguridad privada en
desaforada expansión, concibiéndolo como una actividad complementaria y
subordinada a la seguridad pública con un carácter preventivo y disuasorio del
delito en dicho ámbito privado. Así mismo, definió entiendo de manera correcta
unas directrices y principios generales para satisfacción de una demanda de
seguridad existente en aquel momento, a través de una creación de unos
agentes intervenientes como las Empresas y el personal de seguridad privada,
así como la definición de unas actividades exclusivas y excluyentes para dicho
sector.
La pregunta o interrogante actual que debe hacerse el sector de la seguridad
privada, en relación a su Ley y demás normas complementarias, es si
transcurridos 20 años tras su entrada en vigor, estas normas han perdido su
vigencia y por ello dejan de ser exigibles para sus destinatarios de dichas
actividades, lo cual puede revelarse discutible o no si lo ponemos en relación
con el concepto que de la seguridad en general demanda la ciudadanía en la
actualidad al cambiarse el concepto de seguridad privada como la seguridad de
“unos pocos”.
Sobre dicha cuestión decir, que en la actualidad la seguridad aparece como una
realidad en la existe una corresponsabilidad del sector público, privado y de la
sociedad civil.
La idea de seguridad aparece inseparablemente ligada al concepto de
prevención, ya que lo que hacen las empresas y personal que componen la
seguridad privada, es ejecutar un serie de servicios preventivos a través de la
utilización de una serie de medios o medidas de seguridad, para evitar que se
materialice un riesgo que afecta al espacio privado protegido contratante de una
serie de actividades permitidas por la seguridad pública o bien evitar que el daño
que pueda causarse tras acceso a estos espacios privados protegidos sea el
menor posible.
En el futuro los modelos de seguridad ciudadana, en los cuáles se integra la
seguridad privada como una parte de la seguridad pública, se orientan a un
modelo de coparticipación por afectar a las organizaciones sociales de manera
amplia, al hablar ya de un modelo de seguridad europeo, difuminándose en
algunos supuestos por razón de la intervención policial los espacios privados y
públicos.