[EL SEMINARIO]
1 de julio de 2015
ROMPIENDO BARRERAS PARA LA INCLUSIÓN
Por Aldana Agüero, Gisel Mascareño y Mercedes Vargas
N
(Para El Seminario)
adie en ese tiempo puede discutir la idea de que la
educación es un derecho del cual podemos gozar
todos y todas. ¿Quién garantiza la educación de
las personas adultas que no han tenido la posibilidad de
educarse por diferentes motivos? Las personas jóvenes y
adultas tienen el derecho a ser alfabetizadas y capacitadas en
una formación laboral, lo cual es responsabilidad del Estado
garantizarlo, según la Ley de Educación Nacional N° 26.206.
Sin embargo, ¿Las personas con discapacidades tienen los
mismos derechos? Claramente sí, la misma ley expone que la
modalidad educativa que debe encargarse de garantizar la
educación de estas personas es la Modalidad de Educación
Permanente para Jóvenes y Adultos, la cual para su ejercicio
trabaja con el resto de las modalidades del Sistema Educativo y
una de ellas es la Modalidad de Educación Especial.
Estamos viviendo una sociedad donde se prioriza, o al menos
se busca, la inclusión. Lo importante en este caso sería saber o
rescatar qué es lo que las instituciones educativas hacen al
respecto. Tenemos por un lado, una ley que expresa las
obligaciones del Estado, por ende las escuelas, para garantizar
la educación de las personas con discapacidad para que estas
puedan incluirse plenamente en la sociedad y por otro, lo que
realmente pasa en las escuelas. Un claro ejemplo, de
articulación de la práctica escolar y lo que la Ley de Educación
Nacional expresa se vive en la Escuela de Formación Integral
para Jóvenes con Discapacidad N° 383. En esta institución
asisten cerca de un centenar de jóvenes con discapacidades que
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