Ensayos sea una institución que esté siendo como la institución superhéroe que tiene que luchar contra la corrupción en todos los niveles y en todas las formas . Esto no se puede . Lo que se creó fue un sistema que tiene carácter nacional y alcance en todos los órdenes de gobierno . Es una cosa muy interesante porque ya no solo tenemos la idea de estar haciendo leyes generales . Es también un cambio muy profundo , muy importante que se está dando en nuestro país . Que se esté trabajando a partir de leyes generales tiene una connotación constitucional importante , que ya estemos echando a andar sistemas institucionales , instituciones que tienen alcances de tipo nacional .
Hay en estos años una tendencia nacionalizante o nacionalizadora y esto se conirma en varios ámbitos de la vida nacional . Me parece que es importante recordarlo . El alcance institucional es lo más amplio , debe coordinar a las autoridades de todos los órdenes de gobierno mediante un Comité Coordinador integrado por las autoridades que forman el sistema y un Comité Ciudadano paralelo al Comité Coordinador , el Comité de Participación Ciudadana tiene cinco miembros que se van a ir rotando para pertenecer al Comité Coordinador . Hay un enlace continuo y cambiante con la ciudadanía que me parece muy rescatable . Estas son básicamente las instituciones que componen el nuevo sistema ; son los órganos propiamente del sistema , sus comités , la secretaría técnica , la Secretaría de la Función Pública , secretaría que estaba desaparecida pero revivió . Tenemos a la Auditoría Superior de la Federación , muy fortalecida con muchísimas facultades nuevas .
Este sistema es la cabeza de otro que reconoce el propio SNA , el Sistema Nacional de Fiscalización , que es parte muy importante y que encabeza la Auditoría Superior de la Federación . Está la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción , una institución nueva , su diseño está en la Constitución , en el artículo 102 , que establece que a su titular lo va a nombrar la o el nuevo iscal general de república . Ya existe como tal , era una iscalía que estaba en la Procuraduría General de la República , pero como no se acaba de dar el cambio de Procuraduría a Fiscalía General no se ha nombrado el titular , que va a ser un nombramiento muy importante .
El sistema reorganiza también el Tribunal de Justicia Administrativa ; no es un mero cambio de nombre , fortalece su propia autonomía tanto para formar su propia estructura como en sus fallos , pero al mismo tiempo sigue siendo un tribunal que desde el punto de vista doctrinario pertenece a la justicia administrativa . México desarrolló una peculiar conformación de tribunales que están en la órbita del poder Ejecutivo y que no acaban de irse a la órbita del poder Judicial . Se saca de la órbita del poder ejecutivo hasta cierto punto al nuevo Tribunal Federal de Justicia Administrativa , queda como una cosa medio rara , muy a la moda de órganos autónomos .
Finalmente están los tribunales penales , tanto del fuero común como los propios federales , para atender conductas delictivas que tengan que ver con los tipos delictivos que están en los códigos .
Este es el ejército de instituciones para hacer prevención , investigación y sanción en este complicado tema .
Finalmente , además del alcance institucional está el alcance material , que es de lo más amplio ; va a detectar responsabilidad de servidores públicos y de particulares ( la ley considera siempre la posibilidad de que las dos conductas vayan juntas ) y hechos de corrupción , iscalización y control de recursos .
Además de la reforma constitucional , hoy en día ya hay siete leyes . Se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal , particularmente el artículo 37 , de la Secretaría de la Función Pública ; se reformó la Ley de Sustanciación de Revisión de Cuentas de la Federación , donde se reglamentó todo lo nuevo ; el fortalecimiento de facultades de la Auditoría Superior de la Federación . No hubo cambio en los tipos delictivos pero se hace referencia , sobre todo en denominación al nuevo sistema en varias de las partes del Código Penal Federal . Se habla de la Ley de la Fiscalía General de la República ; esta ley , hasta donde entiendo , es una iniciativa que está muy avanzada , no es una ley aprobada , la tienen lista , pero como no se ha dado el momento del cambio porque la propia reforma
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Ángulos , generando tendencias , núm . 8 , dic . 2016