Ensayos sea una institución que esté siendo como la institución superhéroe que tiene que luchar contra la corrupción en todos los niveles y en todas las formas. Esto no se puede. Lo que se creó fue un sistema que tiene carácter nacional y alcance en todos los órdenes de gobierno. Es una cosa muy interesante porque ya no solo tenemos la idea de estar haciendo leyes generales. Es también un cambio muy profundo, muy importante que se está dando en nuestro país. Que se esté trabajando a partir de leyes generales tiene una connotación constitucional importante, que ya estemos echando a andar sistemas institucionales, instituciones que tienen alcances de tipo nacional.
Hay en estos años una tendencia nacionalizante o nacionalizadora y esto se conirma en varios ámbitos de la vida nacional. Me parece que es importante recordarlo. El alcance institucional es lo más amplio, debe coordinar a las autoridades de todos los órdenes de gobierno mediante un Comité Coordinador integrado por las autoridades que forman el sistema y un Comité Ciudadano paralelo al Comité Coordinador, el Comité de Participación Ciudadana tiene cinco miembros que se van a ir rotando para pertenecer al Comité Coordinador. Hay un enlace continuo y cambiante con la ciudadanía que me parece muy rescatable. Estas son básicamente las instituciones que componen el nuevo sistema; son los órganos propiamente del sistema, sus comités, la secretaría técnica, la Secretaría de la Función Pública, secretaría que estaba desaparecida pero revivió. Tenemos a la Auditoría Superior de la Federación, muy fortalecida con muchísimas facultades nuevas.
Este sistema es la cabeza de otro que reconoce el propio SNA, el Sistema Nacional de Fiscalización, que es parte muy importante y que encabeza la Auditoría Superior de la Federación. Está la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción, una institución nueva, su diseño está en la Constitución, en el artículo 102, que establece que a su titular lo va a nombrar la o el nuevo iscal general de república. Ya existe como tal, era una iscalía que estaba en la Procuraduría General de la República, pero como no se acaba de dar el cambio de Procuraduría a Fiscalía General no se ha nombrado el titular, que va a ser un nombramiento muy importante.
El sistema reorganiza también el Tribunal de Justicia Administrativa; no es un mero cambio de nombre, fortalece su propia autonomía tanto para formar su propia estructura como en sus fallos, pero al mismo tiempo sigue siendo un tribunal que desde el punto de vista doctrinario pertenece a la justicia administrativa. México desarrolló una peculiar conformación de tribunales que están en la órbita del poder Ejecutivo y que no acaban de irse a la órbita del poder Judicial. Se saca de la órbita del poder ejecutivo hasta cierto punto al nuevo Tribunal Federal de Justicia Administrativa, queda como una cosa medio rara, muy a la moda de órganos autónomos.
Finalmente están los tribunales penales, tanto del fuero común como los propios federales, para atender conductas delictivas que tengan que ver con los tipos delictivos que están en los códigos.
Este es el ejército de instituciones para hacer prevención, investigación y sanción en este complicado tema.
Finalmente, además del alcance institucional está el alcance material, que es de lo más amplio; va a detectar responsabilidad de servidores públicos y de particulares( la ley considera siempre la posibilidad de que las dos conductas vayan juntas) y hechos de corrupción, iscalización y control de recursos.
Además de la reforma constitucional, hoy en día ya hay siete leyes. Se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, particularmente el artículo 37, de la Secretaría de la Función Pública; se reformó la Ley de Sustanciación de Revisión de Cuentas de la Federación, donde se reglamentó todo lo nuevo; el fortalecimiento de facultades de la Auditoría Superior de la Federación. No hubo cambio en los tipos delictivos pero se hace referencia, sobre todo en denominación al nuevo sistema en varias de las partes del Código Penal Federal. Se habla de la Ley de la Fiscalía General de la República; esta ley, hasta donde entiendo, es una iniciativa que está muy avanzada, no es una ley aprobada, la tienen lista, pero como no se ha dado el momento del cambio porque la propia reforma
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Ángulos, generando tendencias, núm. 8, dic. 2016