Revista Visión Universitaria... EESJojutla Núm. 2 / Año 5 | Página 3

DELITOS Y PENAS EN EL MORELOS DECIMONÓNICO : EL CÓDIGO PENAL ESTATAL DE 1890 .

Por Azael Abdí Vázquez Román ( alumno del 8 ° semestre de la Lic . en Derecho )
La clasificación de conductas determinadas en delitos permite al Estado ( como sinónimo de gobierno ) hacer efectiva su calidad punible contra los habitantes de su territorio . Será entonces el Poder Legislativo quien establezca con claridad las conductas típicas , antijurídicas y culpables que el Poder Judicial deberá juzgar , a través de la investigación realizada por el Poder Ejecutivo ( además de su eventual ejecución ).
No cualquier conducta puede ser considerada como delito ; para serlo debe estar contenida en un cuerpo normativo especial a manera de codificación . Hablamos del Código Penal . Sin embargo , dadas las variaciones sociales y culturales al paso del tiempo , no podemos concebir a las mismas conductas delictivas de nuestra época como vigentes en tiempos pasados . Es así que a la luz de la investigación histórica , conocer aquellas penas y delitos del pasado nos permitirá entender los modos de vida de las sociedades .
Insistimos , no cualquier conducta puede ser considerada como delito . Además de estar dentro del Código Penal , para poder estar allí , deben ser conductas ( con cierta recurrencia ) cuya realización se traduzca en una ofensa de relativa gravedad contra quien se cometa y contra la paz y estabilidad del Estado ; es por eso por lo que se castiga con penas de responsabilidad civil , como la reparación del daño ; y de responsabilidad social , como la prisión .
Dicho lo anterior , en el presente texto revisaremos de forma breve algunos tipos penales contenidos en el Código Penal para el Estado de Morelos de 1890 . Los seleccionados
para este sencillo análisis , es su mayoría , son algunos que ya no cuentan con vigencia en nuestros días , pero que , de alguna forma , siguen trascendiendo en la memoria colectiva . De igual forma , a manera de rápido comentario , enunciaremos las formas en que el Estado castigaba a quienes eran sentenciados culpables .
El 15 de noviembre de 1889 , fue firmado en el Congreso del Estado de Morelos el decreto número 13 , referente al nuevo Código Penal para la entidad . Cuatro días después fue promulgado por el ejecutivo estatal , el gobernador Jesús H . Preciado . Siendo hasta el 1 ° de enero de 1890 que entró en vigor .
Esta nueva codificación penal se encargó de diferenciar de forma expresa los delitos de las faltas ( arts . 4 y 5 ), estableciendo para los delitos las clasificaciones de intencionales y de culpa ( art . 6 ). Elementos importantes para destacar son la presunción de inocencia de los imputados ( art . 8 ); así como la presunción de actuación de forma intencional o dolosa ( art . 9 ).

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