Revista Visión Universitaria... EESJojutla Núm. 2 / Año 4 | Page 6

El SAT en tiempos de pandemia 4 Autor: Mtra. Perla Cano Gómez Durante todo este periodo de crisis que hemos estado viviendo con la emergencia sanitaria, muchos contribuyentes, hablando de personas físicas principalmente, se vieron afectados para poder cumplir con una de las principales obligaciones fiscales que venció el día 30 de abril de 2020. Pues en la ley del Impuesto Sobre la Renta en su Art. 150, establece que las personas físicas, que obtengan ingresos durante el año de calendario, están obligadas a pagar un impuesto anual mediante una declaración, que deberá presentarse a más tardar el día 30 de abril del siguiente año, es decir, las operaciones que realizaron estas personas físicas en el año de 2019, debieron haber presentado su declaración anual, a más tardar el día 30 de abril de 2020. No debemos olvidar que esta obligación fiscal para personas físicas, d referencia en l teriores, es p buyentes que gocio donde r actividad emp podría ser, el c dustria, la agr nadería, la pesc incluidos los q el régimen de fiscal que opta pagos provisio les aplicando e utilidad, así com que prestan s sionales, o tien arrendamiento, asalariados siem estos, hayan ob por más de 40 durante el año más de dos patr mismo ejercicio dejado de labo de diciembre d En est anual, que pres nas físicas, deb información fis que obtuvo la e todo el año de decir, sus ingres