Revista Visión Universitaria - EESJojutla Febrero.2016 | Page 31

Visión Universitaria
X.- Entregar un informe por escrito de las actividades realizadas en la salida académica tal y como se detalla en el artículo 15 del presente reglamento.
ARTÍCULO 18.- DERECHOS DE LOS ES- TUDIANTES. Son derechos de los estudiantes asistentes a las salidas académicas: I.- Participar en la actividad; II.- Recibir la plática informativa necesaria para el buen desempeño de la práctica; III.- Recibir un trato digno y equitativo de parte del maestro; IV.- Denunciar el acoso de compañeros, maestros u operario de transporte; y V.- Denunciar el consumo de bebidas, estupefacientes o psicotrópicos de estudiantes, profesores, trabajadores universitarios o del operario del transporte.
ARTÍCULO 19.- OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES. Son obligaciones de los estudiantes asistentes a las salidas académicas: I.- Asistir a la plática informativa así como firmar la carta responsiva comprometiéndose a acatar lo establecido en este cuerpo legal; II.- Proporcionar la información y documentación que el trabajador académico les requiera; III.- Realizar el pago correspondiente según lo amerite la salida académica; IV.- Presentarse puntualmente en el lugar, día y hora señalados para la salida académica; V.- No consumir cualquier sustancia prohibida por la Ley General de Salud; VI.- No consumir bebidas embriagantes; VII.- No realizar ninguna conducta que ponga en riesgo la seguridad de los participantes en la salida académica; VIII.- Ajustarse a las indicaciones dadas por el trabajador académico o cualquier otra autoridad universitaria; y IX.- Denunciar el consumo de bebidas, estupefacientes o psicotrópicos del trabajador académico o universitario, estudiantes o del operario del transporte.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día hábil siguiente de su aprobación por el Consejo Técnico de la Escuela de Estudios Superiores de Jojutla.
SEGUNDO.- Se abroga el Reglamento de Viajes de Estudio de la Escuela de Estudios Superiores de Jojutla a partir de la fecha en que entre en vigor el presente Reglamento Interno.
TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al mismo.
ATENTAMENTE POR UNA HUMANIDAD CULTA
M. I. SILVIA CARTUJANO ESCOBAR PRESIDENTA DEL CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS SUPE- RIORES DE JOJUTLA.
EESJojutla
Nota: Este Reglamento fue aprobado en la Reunión extraordinaria del Consejo Técnico de la EESJojutla con fecha del 9 de Diciembre del 2015

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