Revista Usuré Antropología y Transformación Social | Page 26

REVISTA ESTUDIANTIL DE ANTROPOLOGÍA gencia de los pueblos indígenas como sujetos políticos que reivin- dican y defienden su derecho al territorio y a sus identidades. Respondiendo a estas deman- das, se han creado una serie de instrumentos jurídicos específi- cos para los pueblos indígenas a nivel internacional, entre los que sobresale el Convenio sobre pue- blos indígenas y tribales de la Organización Internacional del Trabajo (169) (conocido como Convenio 169) asumido por Cos- ta Rica en el año 1993 y en vigor actualmente, además, en el año 1977 en Costa Rica se aprobó la Ley Indígena no. 6172. Bajo esta última, se declaran 24 reservas in- dígenas, divididas en 8 grupos ét- nicos o pueblos. En la Tabla 1. se resaltan artículos de estos instru- mentos que se consideran impor- tantes de mencionar en el ámbito de tierra y territorio: “Cosechando Esperanza”. Foto por: Axel, Kenneth, Brandon, Alexandra. Tabla 1. Tierra y Territorio: Artículos Convenio 169 y Ley indígena no.6172 Convenio 169 OIT Ley indígena no.6172 Artículo 14 Deberá reconocerse a los pueblos indígenas y tribales el derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan (...). Artículo 18 La Ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada en las tierras de los pueblos in- teresados o todo uso no autorizado de las mismas por personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales infracciones. Artículo 3 Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indíge- nas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir te- rrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas. Tabla 1 Elaboración propia. Sin embargo, como Guevara y Bozzoli (2010) señalan, el pano- rama en cuanto a tenencia de la tierra es desalentador para los pueblos indígenas, ya que la ocu- 26 pación de estos territorios por personas no indígenas ha llegado a ser de más del 50% en algunos casos. Según datos que el Censo Agropecuario (2014) aproxima en cuanto a tenencia de la tierra en Térraba, el 30% de las fincas son dirigidas por personas indígenas, lo que corresponde a una exten- sión de 19,8% en hectáreas del