Revista Usuré Antropología y Transformación Social | Page 26
REVISTA ESTUDIANTIL DE ANTROPOLOGÍA
gencia de los pueblos indígenas
como sujetos políticos que reivin-
dican y defienden su derecho al
territorio y a sus identidades.
Respondiendo a estas deman-
das, se han creado una serie de
instrumentos jurídicos específi-
cos para los pueblos indígenas a
nivel internacional, entre los que
sobresale el Convenio sobre pue-
blos indígenas y tribales de la
Organización Internacional del
Trabajo (169) (conocido como
Convenio 169) asumido por Cos-
ta Rica en el año 1993 y en vigor
actualmente, además, en el año
1977 en Costa Rica se aprobó la
Ley Indígena no. 6172. Bajo esta
última, se declaran 24 reservas in-
dígenas, divididas en 8 grupos ét-
nicos o pueblos. En la Tabla 1. se
resaltan artículos de estos instru-
mentos que se consideran impor-
tantes de mencionar en el ámbito
de tierra y territorio:
“Cosechando Esperanza”.
Foto por: Axel, Kenneth, Brandon, Alexandra.
Tabla 1. Tierra y Territorio: Artículos Convenio 169 y Ley indígena no.6172
Convenio 169 OIT Ley indígena no.6172
Artículo 14
Deberá reconocerse a los pueblos indígenas y tribales
el derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que
tradicionalmente ocupan (...).
Artículo 18
La Ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda
intrusión no autorizada en las tierras de los pueblos in-
teresados o todo uso no autorizado de las mismas por
personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar
medidas para impedir tales infracciones. Artículo 3
Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles,
no transferibles y exclusivas para las comunidades indíge-
nas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar,
arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir te-
rrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.
Tabla 1 Elaboración propia.
Sin embargo, como Guevara y
Bozzoli (2010) señalan, el pano-
rama en cuanto a tenencia de la
tierra es desalentador para los
pueblos indígenas, ya que la ocu-
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pación de estos territorios por
personas no indígenas ha llegado
a ser de más del 50% en algunos
casos. Según datos que el Censo
Agropecuario (2014) aproxima en
cuanto a tenencia de la tierra en
Térraba, el 30% de las fincas son
dirigidas por personas indígenas,
lo que corresponde a una exten-
sión de 19,8% en hectáreas del