Venezuela vive cruciales y profundos cambios en lo político, económico
y en especial en el ámbito social, enmarcado en un proyecto de país que
considera al ciudadano como protagonista de la construcción de su futuro, es
decir que se incluyen a todos los venezolanos con todos los derechos que ello
significa. Es así como, en el Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan
Socialista “PPS”, el Desarrollo Económico y Social de la Nación (2007-2013):
se plantean diversas líneas de valor significativo donde se
citan: La Nueva ética socialista, la suprema felicidad social, la
democracia protagónica revolucionaria, el modelo productivo
socialista, la nueva geopolítica nacional, Venezuela como
potencia energética mundial y la nueva geopolítica
internacional. (págs. 3-4).
En este sentido, estos siete aspectos destacan que para la cimentación
del Socialismo del Siglo XXI, se hace necesario que el pueblo a través de los
Consejos
Comunales
como forma
de
organización
y
participación
democrática promueva la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas
dentro de un espacio local del territorio nacional para que se apropien de todas
y cada una de las acciones y soluciones que se desean establecer en cada
uno de los planes, programas y proyectos orientados a mejorar la calidad de
vida de todos los que conforman una comunidad. Al respecto la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en su Artículo 2, expresa:
Son instancias de participación, articulación e integración entre
las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los
ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado
ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y
proyectos orientados a responder a las necesidades y
aspiraciones de las comunidades en la construcción de una
sociedad de equidad y justicia social.
Con el citado artículo, queda claro el derecho que tiene todo ciudadano
a ser participe en el desarrollo de los asuntos públicos, entiéndase en
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Arbitrado
1. Introducción