una cultura de aprendizaje, que concientice y consolide una institución
dispuesta a aprender y a mejorar constantemente.
De la misma manera, la Ley Orgánica del Trabajo (2012), los
trabajadores y las trabajadoras (LOT), en su título V, establece que la
formación debe ser integral, es decir, no debe limitarse en el proceso de
capacitación a los aspectos técnicos, sino que invita a incorporar otras
dimensiones para el desarrollo integral del ser humano. Actualmente la
dirección de recursos humanos no considera estos aspectos, obviando áreas
necesarias en el proceso formativo como: valores y competencias,
subsistemas de recursos humanos, actualización en aspectos jurídicos en
materia organizacional y de recursos humanos, competencias tecnológicas,
así como considerar aquellos cambios en el contexto interno y externo a la
organización que le permita orientar su planificación estratégica y orientarse a
una capacitación proactiva.
Sobre la base de un plan de capacitación con las particularidades ya
descritas, se propone como estrategia la formación integral de los trabajadores
desde sus mismos espacios, minimizando la inversión que se deriva de los
traslados hasta los centros de formación, aunado a la limitada disponibilidad
de recursos para la cancelación de los gastos derivados de los viáticos.
Alternativa que puede ser totalmente aprovechada por los trabajadores y que
repercutirá de manera positiva en la gestión de personal y en la misión de esta
dirección, considerando igualmente la disposición que manifiestan en formar
parte de este proceso de formación e-learnig.
Posteriormente, se concluye que la institución, aunque no cuenta con
un personal con experiencia y vivencia en el campo de la formación virtual,
dispone de un talento humano abierto al cambio, dispuesto a participar y a
comprometerse en un proceso formativo innovador, facilitar las acciones
necesarias para su mejora, así como de la organización en general.
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Artículo Arbitrado
desarrollo de las actividades capacitación, siendo necesaria la promoción de