la plenitud de su belleza después de muchos años de haber sido plantado; su
construcción dura por término medio dos años y su permanencia refleja las
condiciones en que fue establecido. El jardín es un lujo, un lugar de recreo y
ocio, en el trazado del jardín hay que tener en cuenta la orientación, el clima,
el agua, el suelo, la superficie total y la orografía, la vegetación existente, si la
hubiera, y cómo se quiere o gustaría que fuera. La orientación del terreno es
decisiva para proyectar un jardín y hacer la selección de las plantas que son
más adecuadas para cada zona. Finalmente expresó que en los jardines ya
plantados no hay orientaciones precisas porque los cerramientos, árboles y el
resto de vegetación plantada han modificado en su interior las horas de sol,
creando sus propias sombras y microclimas, en tal sentido plantar jardines en
áreas comunitarias son de gran ventaja para el recate de áreas verdes ociosas
las cuales al ser utilizadas se convierten en beneficio de la comunidad, por ser
parte en las horas de ocio y esparcimiento.
2.3. Participación comunitaria
Bajo la concepción de participación comunitaria se expresa, que las
comunidades organizadas en la búsqueda del bien común y la solución de las
problemáticas que
puedan
surgir,
pueden
adoptar
mecanismos
de
participación, este sentido, el marco legal de la constitución de la República
Bolivariana de Venezuela hace alusión a la participación ciudadana, en tal
caso el artículo 62 considera, textualmente lo siguiente: Todos los ciudadanos
y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos
públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.
La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión
pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su
completo desarrollo, tanto individual como colectivo.
De esta manera, la participación consciente y voluntaria de los
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Arbitrado
y el riego, que dependerá de la necesidad hídrica de allí que un jardín alcanza