Revista Scientific Volumen 2 / Nº 6 - Noviembre-Enero 2017-2018 | Page 157

La inobservancia de las leyes fundamentales de tránsito para la prevención de accidentes es un problema grave a nivel local, nacional, regional y mundial. Según estudios realizados por organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2004), el número de fallecimientos causados por accidentes de tránsito es de 1.2 millones cada año. En América Latina la severidad del problema es mayor aún debido al apresurado incremento del tamaño del parque automotriz en los últimos años. Como consecuencia del aumento de vehículos se evidencia la necesidad de implementar esfuerzos dirigidos a impulsar la educación vial de los conductores en general y de los conductores jóvenes de manera particular puesto que, tanto su falta de experiencia para conducir vehículos, como su estilo de vida, les convierte en el objetivo idóneo para ser susceptibles de este tipo de campañas, las estimaciones y proyecciones indican que “en los países de América Latina y el Caribe, entre el año 2000 y el 2020, el número de víctimas mortales por el tránsito ascenderá en un 48%” (Planzer, 2005: 6). Frente a esta problemática, entidades públicas tanto como privadas, con la asistencia de agencias de publicidad, implementan con regularidad campañas de prevención y educación vial basadas más en la experiencia, producto de un proceso de aprendizaje de aciertos y errores, que en procesos sistemáticos de evaluación y validación de resultados que apoyen y respalden la toma de decisiones, considerando además que este tipo de campañas no buscan vender un bien, sino persiguen generar cambios en las actitudes de las personas. En consecuencia, la mayoría de las campañas de seguridad vial, ejecutadas en función de esta problemática, son realizadas con poca información, y son escasas las evaluaciones que permiten determinar su eficacia una vez concluida la fase de implementación. En el caso particular del Ecuador y, luego de analizar la información proporcionada por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT, 2015), según la cual 156 Arbitrado 1. Introducción