Seguridad Social
los ingresos de los trabajadores con contratos de prestación de servicios superiores a 8.289.000 pesos,
situación que de forma inmediata genero la inconformidad en el sector y fue cuestión de días para que
el polémico artículo fuera eliminado del proyecto del Plan Nacional de Desarrollo. Sin embargo, esta
misma suerte no ha corrido el alza en el ingreso base de cotización del 40% al 55%, establecido en el
Plan Nacional de Desarrollo, el cual paso el primer debate en el Congreso, es decir, supero casi a último
momento el filtro de las comisiones económicas, en las cuales paso casi desapercibido el aumento del
ingreso base de cotización y como pintan las cosas, parece que se mantendrá dicha situación, por cuanto
no existen manifestaciones concretas sobre el tema.
En conclusión, consideramos que los Independientes como bien lo manifestamos a principio del
presente artículo, eran apenas percibidos por las entidades del estado y necesariamente requerían de
una regulación respecto a los ingresos que estaban percibiendo, sin embargo, con la falta de claridad de
la normatividad aplicable, el precario sustento técnico y jurídico aplicado por la UGPP en los procesos
de determinación de obligación adelantados y sumado al hecho del afán de incluirlos en toda reforma
tributaria hace parecer que el estado más allá de regular a los trabajadores independientes, estuviese
buscando a como dé lugar una nueva fuente de ingresos frente al déficit fiscal existente ◼
Página 24 · Vinnurétti al Día · Mayo 2019