REVISTA JURIDICA ULTIMA Nov. 2016 | Page 123

patrimonios a fin de facilitar la continuidad de la actividad empresarial de los concursados, con importantes ajustes al propio modelo de gestión institucional de las situaciones de insolvencia empresarial, incluyendo ciertos efectos presupuestarios para el propio Estado, recomendamos que, dentro del Programa de Reforma Legislativa del Orden Mercantil, se prevea una fase de implementación de los aspectos institucionales de la reforma concursal, por un período de vacatio legis de un (1) año como mínimo. iv. Difusión y capacitación sobre las Leyes Concursal y Marítima, promulgadas por la Asamblea Nacional y el Poder Ejecutivo. Para esta fase se prevé un período mínimo de uno (1) de vacatio legis, con el objeto de que su contenido pueda ser conocido, estudiando, analizado e incorporado por los actores del sector empresarial y las instituciones públicas y privadas ligadas a la actividad empresarial, incluyendo la adaptación de los planes de estudio de las universidades del país. Este período puede desarrollarse de forma paralela con los trabajos de implementación de la reforma y la adaptación institucional. v. Evaluación Final del Programa de Reforma Legislativa del Orden Mercantil, para el que sería necesario un período de al menos tres (3) meses, una vez finalizado el Programa. 4.3. Proceso de modernización institucional y de reforma de otras áreas normativas prioritarias. i. Formulación de un Programa de Modernización Institucional y de Reforma de Otras Áreas Normativas Prioritarias estrechamente ligadas al quehacer empresarial y al mejoramiento del clima de negocios de Nicaragua, que incluya todos los aspectos necesarios para su ejecución (el costo financiero, la duración, los recursos humanos requeridos, los medios para lograr la legitimación social, el esquema institucional de funcionamiento, formas de evaluación, etc.). El tiempo estimado para la formulación de este Programa sería de nueve (9) meses a un (1) año como máximo, debido a que será necesario contar con la participación, la opinión y el compromiso de actores claves de las instituciones y las áreas normativas sujetas a modernización o reforma. ii. Gestión nacional e internacional de los recursos financieros necesarios para ejecutar (diseñar, elaborar, efectuar consensos político-institucionales si exceden la órbita del Ejecutivo) un Programa de Modernización Institucional y de reforma de las áreas normativas prioritarias estrechamente ligadas al quehacer empresarial y el mejoramiento del clima de negocios. En este sentido y aprendiendo de la experiencia realizada, es realista proponer lo siguiente: 123