Segundo Producto: elaborar, promulgar, difundir e implementar los aspectos institucionales de
una Ley General Concursal, (la cual debe sustituir el Libro Cuarto (IV) del Código de Comercio
de 1914) e incluir al menos las siguientes tareas: análisis, diseño, redacción, consultas y
adopción de acuerdos con actores claves sobre el contenido de una Ley General Concursal,
con una fase de implementación de los aspectos institucionales del nuevo modelo de gestión
de la insolvencia empresarial en Nicaragua, incluyendo su difusión y educación una vez
aprobada por la Asamblea Nacional.
Tercer Producto: elaborar, promulgar, difundir e implementar los aspectos institucionales de
una Ley General Marítima (que sustituya el contenido del Libro Tercero (III) del Código de
Comercio de 1914) incluyendo las siguientes tareas: análisis, diseño, redacción, consultas y
adopción de acuerdos con actores claves sobre el contenido de dicha Ley, con una fase de
implementación de los aspectos institucionales del modelo de gestión de los negocios propios
de la actividad marítima, incluyendo difusión y educación una vez aprobada por la Asamblea
Nacional.
Dicho Programa con sus actividades debería ser diseñado y formulado a más tardar a finales
del 2011, incluyendo el conocimiento, análisis y aprobación por el Comité de Dirección del
Proceso de Reforma de la legislación Mercantil.
iii. Gestión nacional e internacional de los recursos financieros requeridos para ejecutar el Plan
de Acción y/o el Programa de Reforma Legislativa del Orden Mercantil, a fin de conseguir los
tres productos ya explicados anteriormente.
El tiempo estimado para la gestión de dichos recursos debería ser de nueve (9) meses a un (1)
año de plazo como máximo. Se tiene previsto presentar una solicitud a la mesa de donantes
del país, con el ánimo de que éstos (bien de manera conjunta o bien alguno o algunos de ellos
de forma individual) puedan facilitar los recursos necesarios para desarrollar las actividades
del caso.
iv. Formulación de un nuevo Código de Comercio: lo que implicaría el análisis, diseño,
redacción, consultas y adopción de acuerdos con actores claves sobre el contenido de un
nuevo Código que reforme las materias definidas en anteriormente: Libros Primero y Segundo
del actual Código de Comercio de 1914. El plazo necesario para la consecución consensuada
de este primer producto del proceso, hasta la presentación de un Anteproyecto a la Asamblea
Nacional sería de un (1) año contado a partir de la fecha en que sea contratado el Equipo
Técnico de la Reforma.
121