REVISTA JURIDICA ULTIMA Nov. 2016 | Page 121

Segundo Producto: elaborar, promulgar, difundir e implementar los aspectos institucionales de una Ley General Concursal, (la cual debe sustituir el Libro Cuarto (IV) del Código de Comercio de 1914) e incluir al menos las siguientes tareas: análisis, diseño, redacción, consultas y adopción de acuerdos con actores claves sobre el contenido de una Ley General Concursal, con una fase de implementación de los aspectos institucionales del nuevo modelo de gestión de la insolvencia empresarial en Nicaragua, incluyendo su difusión y educación una vez aprobada por la Asamblea Nacional. Tercer Producto: elaborar, promulgar, difundir e implementar los aspectos institucionales de una Ley General Marítima (que sustituya el contenido del Libro Tercero (III) del Código de Comercio de 1914) incluyendo las siguientes tareas: análisis, diseño, redacción, consultas y adopción de acuerdos con actores claves sobre el contenido de dicha Ley, con una fase de implementación de los aspectos institucionales del modelo de gestión de los negocios propios de la actividad marítima, incluyendo difusión y educación una vez aprobada por la Asamblea Nacional. Dicho Programa con sus actividades debería ser diseñado y formulado a más tardar a finales del 2011, incluyendo el conocimiento, análisis y aprobación por el Comité de Dirección del Proceso de Reforma de la legislación Mercantil. iii. Gestión nacional e internacional de los recursos financieros requeridos para ejecutar el Plan de Acción y/o el Programa de Reforma Legislativa del Orden Mercantil, a fin de conseguir los tres productos ya explicados anteriormente. El tiempo estimado para la gestión de dichos recursos debería ser de nueve (9) meses a un (1) año de plazo como máximo. Se tiene previsto presentar una solicitud a la mesa de donantes del país, con el ánimo de que éstos (bien de manera conjunta o bien alguno o algunos de ellos de forma individual) puedan facilitar los recursos necesarios para desarrollar las actividades del caso. iv. Formulación de un nuevo Código de Comercio: lo que implicaría el análisis, diseño, redacción, consultas y adopción de acuerdos con actores claves sobre el contenido de un nuevo Código que reforme las materias definidas en anteriormente: Libros Primero y Segundo del actual Código de Comercio de 1914. El plazo necesario para la consecución consensuada de este primer producto del proceso, hasta la presentación de un Anteproyecto a la Asamblea Nacional sería de un (1) año contado a partir de la fecha en que sea contratado el Equipo Técnico de la Reforma. 121