Revista Juridica Colex mayo colex-enero-2018 | Page 10

BLOG MERCANTIL 08 ¿POR QUÉ LA RENUNCIA A RECLAMAR LA CLÁUSULA SUELO NO PUEDE CONSIDERARSE VÁLIDA? Genaro Fernández de Avilés Responsable del área mercantil en Iberley SE ENCUENTRA ENCIMA DE LA MESA LA DUDA RAZONABLE ACERCA DE SI ESTA RENUNCIA A EJERCER UNA ACCIÓN JUDICIAL CARECE DE TODA VALIDEZ Por todos es sabido que el sector financiero se ha estado blindando a raíz de la famosa Sentencia de nuestro Alto Tribunal, del 9 de mayo de 2013, que declara la nulidad de las cláusulas suelo concernientes a tres entidades bancarias (BBVA, Cajasur y NCG), condenándoles al pago sin efectos retroactivos. Es decir, los bancos no debían reintegrar las cantidades cobradas de más de antes del 9 de mayo de 2013. Posteriormente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la Sentencia de fecha 21 de diciembre de 2016, estableciendo que la devolución de las cantidades sí debía realizarse con efectos retroactivos, de manera que, a partir de dicha Sentencia, los afectados ya pueden realizar reclamaciones por todo lo cobrado de más desde que el EURIBOR bajó tanto que se hizo efectiva la aplicación del interés fijo establecido en la cláusula suelo inmersa en el préstamo hipotecario. Una de las acciones más habituales realizadas en los últimos años por parte de las entidades financieras para evitar el pago millonario a los afectados, ha sido contactar con los mismos y firmar un acuerdo donde el banco accede a eliminar la cláusula suelo de la hipoteca o, en ocasiones, lo sustituía por un tipo de interés fijo inferior a la cláusula suelo ya eliminada. Pero este acuerdo se realiza a cambio de la renuncia, por parte del consumidor, a reclamar la devolución de las cantidades ya pagadas. Es decir, ahora se encuentra encima de la mesa la duda razonable acerca de si esta renuncia a ejercer una acción judicial carece de toda validez (tratándose de un acuerdo que vulnera, una vez más, los derechos de los consumidores y usuarios siendo por ello abusivo) o si, por el contrario, la renuncia realizada es válida considerándola ajustada a derecho. Además en este momento surge la duda de si es posible solicitar la nulidad de la cláusula suelo a pesar de haber sido eliminada a raíz del acuerdo realizado. Las respuestas a estas preguntas se hace compleja, no obstante los Tribunales ya han venido admitiendo que sí es posible acudir al Juzgado y exigir la nulidad de la cláusula suelo y reclamar las cantidades pagadas de más, a pesar del acuerdo.