Revista Insurrección Insurrección 728 | Page 25

L a Oficina de la ONU para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus sigla en inglés) considera a las montañas como ecosis- temas frágiles de gran importancia ambiental, que proveen el 10 por ciento del alimento que consume la humanidad, y producen el 60 por ciento del agua en zonas húmedas y más del 95 por ciento en ambientes semiáridos y áridos. Los páramos, son ecosistemas que se extienden entre el bosque andino y las nieves perpetuas, por encima de los 3.000 metros sobre el Nivel del Mar (msnm). Según el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt (IAvH), en Colombia hay 37 páramos, que cu- bren 2.906.137 hectáreas [1]. Tuercen las Leyes contra los Páramos El Estado colombiano consideraba los páramos como ecosistemas estra- tégicos por su papel en la regulación del ciclo hidrológico, que sustenta el suministro de agua para consumo humano y el desarrollo de activida- des económicas, de más del 70 por ciento de la población colombiana. Importancia estratégica ratificada en la Ley 99 de 1993. Los páramos fueron delimitados por la Ley 1450 de 2011, ratificada por la Ley 1930 de 2018. La Corte Constitucional en la Sentencia C-035 de 2016, ratificó su importancia ambiental, ya que de ellos depende el derecho fundamental al agua; además en 2017 ésta Corte en la sentencia T-361 ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) emitir una nueva resolución para precisar la delimitación del Páramo de San- turbán, en la cordillera oriental. El año pasado el MADS interrumpió el proceso para determinar la nueva delimitación del Páramo de Santurbán, y el pasado 8 de febrero este Mi- nisterio visitó a Pamplona en Norte de Santander, para inducir la Fase de Concertación con la comunidad. Las comunidades que han poblado sectores del Páramo de Santurbán y organizaciones defensoras del medio ambiente, consideran que la nue- va delimitación no tendrá en cuenta las actividades que por años ha desarrollado la comunidad y que la nueva, será una reglamentación que favorecerá a las multinacionales de la gran minería, empeñadas en de- sarrollar actividades extractivas en este santuario del agua y la vida. MADRE TIERRA 25