seguridad de los Ciudadanos y los Pueblos , cada Provincia formará su gobierno bajo esas bases , a más del Gobierno Supremo de la Nación .
Artículo 5 º Así este como aquél se dividirán en poder legislativo , ejecutivo y judicial .
Artículo 7 º El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado . El resto es peculiar al Gobierno de cada Provincia .
Artículo 11 º Que esta Provincia retiene su soberanía , libertad e independencia , todo poder , jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la confederación a las Provincias Unidas juntas en congreso .
Artículo 14 º Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una Provincia a otra ; ni que ninguna preferencia se dé por cualquiera regulación de Comercio o renta a los Puertos de una Provincia sobre las de otras ni los Barcos destinados de esta Provincia a otra serán obligados a entrar a anclar o pagar Derechos en otra .
Artículo 18 º El Despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la Soberanía de los Pueblos .
Artículo 19 º Que precisa e indispensable sea fuera de Buenos Aires , donde reside el sitio del Gobierno de las Provincias Unidas .
Artículo 20 º La Constitución garantirá a las Provincias Unidas una forma de gobierno republicana ; y que asegure a cada una de ellas de las violencias domésticas , usurpación de sus Derechos , libertad y seguridad de su soberanía que con la fuerza armada intente alguna de ellas sofocar los principios proclamados . Y asimismo prestará toda su atención , honor , fidelidad y religiosidad a todo cuanto crea o juzgue necesario para preservar a esta Provincia las ventajas de la Libertad y mantener un Gobierno libre , de piedad , justicia , moderación e industria .
Delante de Montevideo . A trece de abril de 1813
REGLAMENTO DE TIERRAS
“ Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus Hacendados . Cuartel General , 10 de Setiembre de 1815 .
1o . El señor alcalde provincial , además de sus facultades ordinarias , queda autorizado para distribuir terrenos y velar sobre la tranquilidad del vecindario , siendo el juez inmediato en todo el orden de la presente instrucción .
6o . Por ahora el señor alcalde provincial y demás subalternos se dedicarán a fomentar con brazos útiles la población de la campaña .
Pag 13