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REGLAMENTO DE SEGUIRAD E HIGIENE EN EL TRABAJO ART 134. Obligaciones de los trabajadores  II. Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades y los patrones.  VIII. Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten.  XI. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas.  X. Someter a los reconocimientos médicos.  XII. Comunicar al patrón las deficiencias.