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Los delitos informáticos son
ampliamente similares a las
estafas, robo, hurto, fraudes,
falsificaciones, perjuicios, etc., ya
que estos son ocasionados para
perjudicar a alguien, lo cual es
importante establecerlo en los
temas de interés del Derecho.
Según el código penal, los delitos informáticos son “aquellos que pueden
comprender tanto conductas que recaen sobre herramientas informáticas
propiamente tales como programas ordenadores, etc., como aquellos que
valiéndose de estos medios lesionan otros intereses jurídicamente tutelados
como son la intimidad, el patrimonio económico, la fe pública, etc.
La pornografía infantil constituye delito, ya que es un hecho ilícito que genera
un daño a una persona; en este caso a un menor de edad bien sea niño o
niña; se argumenta que la pornografía infantil es obra de adultos que buscan
mediar emociones, excitaciones y demás sensaciones en otras personas; los
actos que realizan estos niños, son actos sexuales que pueden ser
representados de manera visual, descriptiva o por medio de sonidos, los
cuales producen en otras personas efectos anteriormente descritos.
Ahora bien, para continuar con el tema de la pornografía infantil por Internet; haré
mención a un Proyecto de Ley, por medio del cual se modifica el código penal, se
crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado la “protección de la información” y
se