Revista Caracter 1 - 2012 Vol. 1 | Page 49

vención de Abordajes (1972), Certificado de Arqueo (1969) y Convenio de Formación; Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW/95). Los países de la Región de inte- gración CAN exigen el cumplimiento del esquema del PSC, tomando en cuenta el efectivo el Acuerdo de Viña del Mar (1992)27, se exige el cumplimiento de un 15% y en otros países se llega al 30% o 40% de exigencia de revisiones en el promedio de las embarcaciones de tráfico marítimo internacional. El Control por el Estado Rector de Puerto, se ha lle- gado a desarrollar como una forma de control que permite una garantía mínima, que se está cumpliendo las normas técnicas y legales establecidas, al igual que con los proce- dimientos. Se tiene los equipos y sistemas apropiados para prevenir la contaminación del mar por buques, evitar ac- cidentes, tener una navegación segura, y en caso de emer- gencia tener los elementos, entrenamiento, equipamiento, formas de comunicación y sistemas de apoyo para atender las emergencias con alta probabilidad de evitar pérdida de vidas humanas, heridos, siniestros materiales en el buque, o en sus mercancías. Control de los buques por el estado rector del puerto El Flag State (FS) o Control por el Estado del Pabe- llón, verifica el cumplimiento por el Estado y autoridades que autorizan enarbolar el pabellón nacional en el respec- tivo buque, de los Convenios Marítimos Internacionales. Buques que debido a que han sido recogidos y aprobados por las Leyes o Normas del País pueden desplegar su ban 15 El Acuerdo de Viña del Mar. reviste importancia singular por es- tablecer las bases para una colaboración más estrecha entre las Autoridades Marítimas a fin de coordinar medidas de supervisión de los buques extranjeros que visitan los puertos de la región latinoamericana y Cuba, a la luz de las exigencias nonnadas en los tratados internacionales vigentes sobre seguridad marítima, formación y titulación de las tripulaciones, prevención de la con- taminación por los buques de los espacios marítimos y fluviales, y protección marítima. 57