Revista actualicese.com Revista No. 35. Agosto 2014 | Page 7
Actualidad en Estándares Internacionales
Los cambios que se proponen
Esta expresión que sonaba al parecer un
debe tener
1 Seclasificaciónen cuenta tanto ambigua, se entenderá que para
la
de cada
grupo
efectos tributarios, aduaneros y cambiarios queda definida como las directrices
establecidas en los Decretos 2649 de
1993 y 2650 de 1993, los planes únicos de
cuentas particulares y las normas técnicas
establecidas por las superintendencias durante los cuatro (4) años establecidos en el
punto anterior.
Por lo tanto, se entiende lo siguiente:
El primer aspecto de gran importancia es la
clasificación en grupos establecida por los
Decretos 2706 de 2012 (Grupo 3), 2784 de
2012 (Grupo 1) y 3022 de 2013 (Grupo 2),
pues con ocasión del artículo 165 de la Ley
1607 de 2012 (Reforma Tributaria) se fijan
cuatro (4) años para que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales analice los
impactos de la implementación de las NIIF
(IFRS) y proponga, si considera necesario,
cambios en los procedimientos tributarios.
Para tal efecto el plazo se propone de la
siguiente manera:
1. Para el Grupo 1 (Decreto 2784 de 2012
– NIIF Plenas), los cuatro (4) años se
contarán a partir del 1 de enero de 2015.
2. Para el Grupo 2 (Decreto 3022 de 2013
– NIIF para las Pymes), los cuatro (4)
años se contarán a partir del 1 de enero
de 2016.
3. Para el Grupo 3 (Decreto 2706 de 2012
– Marco Local), los cuatro (4) años se
contarán a partir del 1 de enero de 2015.
2
1. Las normas expedidas con ocasión
de la Ley 1314 de 2009 (Convergencia a Estándares Internacionales) no
tendrán efectos tributarios, aduaneros
y cambiarios, durante los plazos ya
mencionados.
2. Los cambios en los valores patrimoniales que surjan con ocasión del
proceso de convergencia a las normas
internacionales de información financiera, no tendrán efectos tributarios.
3. Las disposiciones fiscales priman sobre las normas citadas (Decreto 2649
de 1993 y demás). En caso de incompatibilidad entre unas y otras se preferirán las fiscales.
4. Para efectos tributarios todos los hechos económicos integran el libro
tributario, aduanero y cambiario del
contribuyente.
3
Nace el Libro Tributario,
Aduanero y Cambiario
Remisiones contenidas
en las Normas Tributarias
a las Normas Contables
Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deberán dar cumplimiento tanto a
lo previsto en las normas expedidas en desarrollo de la Ley 1314 de 2009, como a lo
establecido en los puntos anteriores.
agosto de 2014
/ actualicese.com
7