Revista actualicese.com Revista No. 35. Agosto 2014 | Page 15

INFORME ESPECIAL Publicado: 14 de julio de 2014 Servicios virtuales del portal de la DIAN Ofrecen nueva opción para diligenciar formularios de renta En el nuevo servicio que se dio a conocer el 11 de julio de 2014 las personas naturales podrán diligenciar cualquiera de los formularios 110, o 210, o 230 o 240, sin necesidad de tener ni cuentas de usuario, ni claves creadas en el portal de la DIAN. Los formularios virtuales que se generen con esta nueva opción deben ser completamente diligenciados a través del portal de la DIAN, pues no se podrán imprimir formularios en blanco para luego diligenciarlos a mano. E l pasado 11 de julio de 2014 la DIAN publicó el comunicado 192, a través del cual se informó que en el portal de internet de dicha entidad se había creado un nuevo servicio virtual que permite diligenciar los formularios 110, o 210, o 230, o 240 para las declaraciones de renta año gravable 2013 de las personas naturales y sucesiones ilíquidas, sin necesidad de tener creada previamente la cuenta de usuario con contraseñas en dicho portal. La intención de crear esta nueva opción para el diligenciamiento de los formularios radica en que a partir de enero de 2014 los formularios en papel ya no se siguieron vendiendo en las sedes de Servientrega, y por tanto, la única forma legal de obtener gratuitamente los formularios en papel sería acudiendo a las sedes de la DIAN, lo cual se pueden ahorrar los declarantes, si utilizan las opciones virtuales que les concede la DIAN. Con este nuevo servicio son tres las opciones virtuales que tienen las personas naturales para diligenciar la declaración de renta por el año gravable 2013, a saber: 1. Para quienes cuentan con mecanismos de firma digital, podrán diligenciar virtualmente el formulario, firmarlo digitalmente y de una vez quedaría presentando, razón por la cual a los bancos solo acudirían para hacer el respectivo pago del total a pagar que les arroje el formulario. Incluso el proceso de pagar también se puede hacer virtualmente en el mismo portal de la DIAN, si el declarante tiene habilitadas las cuentas bancarias con contraseñas que permitan hacer pagos virtuales. 2. Para quienes no tienen mecanismos de firma digital, pueden optar por crear una “cuenta de usuario” en el portal de la DIAN, proceso en el cual se auto asignarán la propia contraseña. Para ello solo se solicita el número de la cédula o documento de identidad y la fecha en que fue expedido dicho documento. Cuando se crea la “cuenta de usuario”, podrán acceder a todos los servicios virtuales de la DIAN, entre ellos el de consultar el RUT y diligenciar los formularios para declaraciones tributarias. Cuando diligencien el formulario lo imprimirán en impresoras de tinta, en original y una copia, lo firmarán con bolígrafo, e irán hasta el banco para hacer su presentación y pago. En ese momento deberán asegurarse que el cajero de turno del banco les coloque los respectivos sticker. 3. Para quienes no tienen mecanismos de firma digital, y tampoco quieran crear una cuenta de usuario en el portal de la DIAN, podrán usar el nuevo servicio creado por la DIAN con el cual lo único que pueden hacer es diligenciar completamente los formularios para declaración de renta año gravable 2013 (no se pueden diligenciar los de años anteriores ni tampoco consultar el RUT). Cuando los diligencien, los imprimirán en impresoras de tinta, en original y una copia, lo firmarán con bolígrafo e irán hasta el banco para hacer su presentación y pago. En ese momento deberán asegurarse que el cajero de turno del banco les coloque los respectivos sticker. El boletín de la DIAN advierte además que con este nuevo servicio no será posible imprimir los formularios en blanco para luego diligenciarlos a mano pues en los bancos no los recibirán si fueron diligenciados de esta manera. Se deben, por tanto, diligenciar completamente a través del portal de la DIAN. Siguen sin publicar la “información para declaración de renta” En relación con la elaboración de la declaración de renta de las personas naturales y sucesiones ilíquidas por el año gravable 2013 (que se vencerá entre agosto 12 y octubre 22 de 2014; ver artículo 7 del Decreto 2972 de diciembre de 2013), es importante advertir que a la fecha (14 de julio de 2014) la DIAN se sigue demorando en hacer pública la información especial que cada año se brinda en la opción “consulta de datos para declaración de renta”, con la cual todo tipo de persona natural podrá esta vez consultar las operaciones del año gravable 2013 que bajo las respectivas cédulas fueron reportadas por los bancos, notarios, cámaras de comercio y empresas en general, a través de los reportes de información exógena tributaria del año gravable 2013, entregados a la DIAN entre abril 21 y junio 4 de 2014. Cuando se permite la consulta oportuna de este tipo de información, las personas naturales pueden diligenciar de forma más completa la respectiva declaración y hasta se pueden detectar las falsas operaciones reportadas por las empresas que entregaron dicha información exógena. Para ver este artículo en nu