Revista actualicese.com Revista No. 34. Julio 2014 | Page 8

INFORME ESPECIAL Nuevos sistemas para determinar el impuesto de renta en la categoría de empleados P or medio de los artículos 10 y 11 de la Ley 1607 de 2012, se adicionaron los artículos contenidos entre el 329 y 341 al E.T.; con la entrada en vigencia de esta normatividad, el Estado colombiano estableció dos nuevos sistemas alternativos para el cálculo del impuesto de renta y complementarios para las personas naturales; el sistema IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) y el sistema IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple). Sin embargo, es pertinente que antes de ahondar en estos sistemas, el contribuyente se ubique en la categoría de persona natural para efectos fiscales a la que pertenece, ya sea empleado, trabajador por cuenta propia o miembro del grupo otros contribuyentes. En caso de pertenecer a la categoría de empleado, el contribuyente deberá calcular de forma obligatoria el impuesto de renta por el sistema ordinario (sin incluir el concepto de ganancias ocasionales) y por el sistema IMAN; pero en este caso, también tiene la opción de calcularlo de forma voluntaria por el sistema IMAS para empleados. Comparativo de los sistemas de liquidación de renta para empleados IMAN IMAS Nombre Sigla Impuesto Mínimo Alternativo Nacional Impuesto Mínimo Alternativo Simple Estatuto Tributario Artículo 331 Artículo 334 Tipo Sistema presuntivo y obligatorio Sistema simplificado y ٽ