Revista actualicese.com Revista No. 34. Julio 2014 | Page 8
INFORME ESPECIAL
Nuevos sistemas para determinar
el impuesto de renta en la
categoría de empleados
P
or medio de los artículos 10 y 11 de la Ley 1607 de 2012, se adicionaron los
artículos contenidos entre el 329 y 341 al E.T.; con la entrada en vigencia de esta
normatividad, el Estado colombiano estableció dos nuevos sistemas alternativos
para el cálculo del impuesto de renta y complementarios para las personas naturales; el sistema IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) y el sistema IMAS
(Impuesto Mínimo Alternativo Simple).
Sin embargo, es pertinente que antes de ahondar en estos sistemas, el contribuyente se ubique en la categoría de persona natural para efectos fiscales a la que
pertenece, ya sea empleado, trabajador por cuenta propia o miembro del grupo
otros contribuyentes.
En caso de pertenecer a la categoría de empleado, el contribuyente deberá calcular de forma obligatoria el impuesto de renta por el sistema ordinario (sin incluir
el concepto de ganancias ocasionales) y por el sistema IMAN; pero en este caso,
también tiene la opción de calcularlo de forma voluntaria por el sistema IMAS para
empleados.
Comparativo de los sistemas de liquidación de renta para empleados
IMAN
IMAS
Nombre
Sigla
Impuesto Mínimo Alternativo Nacional
Impuesto Mínimo Alternativo Simple
Estatuto Tributario
Artículo 331
Artículo 334
Tipo
Sistema presuntivo y obligatorio
Sistema simplificado y ٽ