Revista actualicese.com Revista No. 27. Diciembre 2013 | Page 15

Actualidad / Contable b) Informe de Gestión de los Administradores (del cual solo se salvan las sucursales de sociedades extranjeras) y c) Dictamen del Revisor Fiscal. De nuevo la circular dice que las notas a los estados financieros no se tienen que entregar firmadas digitalmente razón por la cual se podrán entregar virtualmente como simples archivos normales de extensión “.doc” o “.pdf”. Sociedades inspeccionadas (numeral 1.3.2 de la Circular): Tienen que entregar (solamente en forma presencial y firmados autógrafamente, es decir, sin que estén firmados digitalmente pues a este tipo de sociedades no les dan mecanismos de firma digital gratuitos) solo dos archivos (en extensión .doc, .pdf) que corresponderían a los siguientes documentos: a) Certificación de los estados financieros y b) Notas a los estados financieros. Sin embargo, en cualquier momento posterior en que la Supersociedades se los solicite, tendrían que tener listos para su entrega el Dictamen del Revisor Fiscal (si tienen esa figura) y el Informe de Gestión de los administradores. Además, la Circular del 2013 (al igual que la del 2012) no menciona que deban también tener listo el proyecto de distribución de utilidades. Cuando los documentos los entreguen presencialmene se deben asegurar de que no vayan grapados, argollados, ni empastados para facilitar el proceso de escaneo de los mismos. Sociedades matrices de un grupo económico (numeral 3 de la circular): En cuanto a las sociedades matrices que tengan que entregar el reporte de Estados Financieros Consolidados 2013 a más tardar el 16 de mayo de 2014, este reporte también debe ser entregado con los siguientes documentos adicionales (firmados digitalmente o no, según si la matriz tiene o no las firmas digitales): a) Certificación de los estados financieros consolidados, b) Informe especial de acuerdo a lo establecido sobre el particular en el artículo 29 de la Ley 222 de 1995. c) Notas a los estados financieros consolidados, d) Dictamen del revisor fiscal. Informe de prácticas empresariales ya no lo presentarán las sociedades simplemente inspeccionadas Esta vez la instrucción del numeral 2 de la circular indica que el reporte de “Prácticas Empresariales”, aparte de que ya no se realizará con la opción “31” sino con la opción “42” del software STORM USER, será un reporte que solo será elaborado por las sociedades “vigiladas o controladas”. Por tanto, esta vez dicho informe no lo tendrán que elaborar las sociedades simplemente “inspeccionadas”. Además, esta vez el mismo numeral 2 indica, en contraste con la circular del 2012, que el reporte de prácticas empresariales no lo tendrán que entregar las sociedades que estén en estado de liquidación obligaroria (sea judicial o voluntaria) ni tampoco aquellas que estén en concordato ni acuerdos “recuperatorios”, entendido esto como acuerdos de reestructuración o de reorganización empresarial Ley 550 de 1990 o Ley 1116 de 2006. Esta vez la circular del 2013, al igual que la del 2012, no incluye la instrucción que en la circular del 2011 estaba incluida en el numeral 11.11 y que daba a entender que se podían aceptar correcciones posteriores al reporte de prácticas empresariales. Esa instrucción en el caso del año 2011 decía: “11.11 En el evento de presentarse alguna modificación en el informe de prácticas empresariales, al igual que en el punto anterior, será necesario solicitar autorización para retransmitir, indicando las razones por las que se solicita la modificación y dicha comunicación debe estar suscrita por el representante legal. Por tanto, se entendería que al igual que con los reportes del 2012, no se van entonces a aceptar correcciones posteriores al reporte de prácticas empresariales. Para ver este artículo en nuestra página ve al siguiente link: http://actualice.se/8cw7 Compilación de Actualidad IVA e Impuesto al Consumo Todas las sociedades que deben entregar este reporte lo harán en forma virtual y sin necesidad de tener que estar enviado después un oficio por escrito a la Supersociedades notificando que cumplieron con la entrega del reporte. Hasta los reportes del 2012, el reporte de prácticas empresariales era un cuestionario de unas 128 preguntas que debían responder solamente los administradores de las sociedades (Junta Directiva o Representante Legal) y que estaba dividido en tres secciones: 1) Carátula, 2) Anexo Jurídico y 3) Anexo Gobierno Corporativo y Responsabilidad Social Empresarial. Ahora habrá que esperar, hasta cuando se conozca a partir de abril 1 de 2014 la opción “42” del software STORM USER, para saber si ese reporte cambió mucho en su estructura o no. $5.000 Más información: actualicese.com/tienda diciembre de 2013 / actualicese.com 15