Revista actualicese.com Revista No. 27. Diciembre 2013 | Page 15
Actualidad / Contable
b) Informe de Gestión de los Administradores (del cual solo se salvan las
sucursales de sociedades extranjeras)
y
c) Dictamen del Revisor Fiscal. De
nuevo la circular dice que las notas
a los estados financieros no se tienen
que entregar firmadas digitalmente
razón por la cual se podrán entregar
virtualmente como simples archivos normales de extensión “.doc” o
“.pdf”.
Sociedades inspeccionadas (numeral
1.3.2 de la Circular): Tienen que entregar (solamente en forma presencial y firmados autógrafamente, es decir, sin que
estén firmados digitalmente pues a este
tipo de sociedades no les dan mecanismos
de firma digital gratuitos) solo dos archivos (en extensión .doc, .pdf) que corresponderían a los siguientes documentos:
a) Certificación de los estados financieros y
b) Notas a los estados financieros.
Sin embargo, en cualquier momento
posterior en que la Supersociedades
se los solicite, tendrían que tener listos para su entrega el Dictamen del
Revisor Fiscal (si tienen esa figura)
y el Informe de Gestión de los administradores. Además, la Circular del
2013 (al igual que la del 2012) no
menciona que deban también tener
listo el proyecto de distribución de
utilidades. Cuando los documentos
los entreguen presencialmene se deben asegurar de que no vayan grapados, argollados, ni empastados para
facilitar el proceso de escaneo de los
mismos.
Sociedades matrices de un grupo económico (numeral 3 de la circular): En
cuanto a las sociedades matrices que tengan que entregar el reporte de Estados Financieros Consolidados 2013 a más tardar
el 16 de mayo de 2014, este reporte también debe ser entregado con los siguientes
documentos adicionales (firmados digitalmente o no, según si la matriz tiene o no
las firmas digitales):
a) Certificación de los estados financieros consolidados,
b) Informe especial de acuerdo a lo
establecido sobre el particular en el
artículo 29 de la Ley 222 de 1995.
c) Notas a los estados financieros
consolidados,
d) Dictamen del revisor fiscal.
Informe de prácticas
empresariales ya no lo
presentarán las sociedades
simplemente inspeccionadas
Esta vez la instrucción del numeral 2 de la
circular indica que el reporte de “Prácticas
Empresariales”, aparte de que ya no se realizará con la opción “31” sino con la opción
“42” del software STORM USER, será
un reporte que solo será elaborado por las
sociedades “vigiladas o controladas”. Por
tanto, esta vez dicho informe no lo tendrán
que elaborar las sociedades simplemente
“inspeccionadas”.
Además, esta vez el mismo numeral 2 indica, en contraste con la circular del 2012,
que el reporte de prácticas empresariales
no lo tendrán que entregar las sociedades
que estén en estado de liquidación obligaroria (sea judicial o voluntaria) ni tampoco
aquellas que estén en concordato ni acuerdos “recuperatorios”, entendido esto como
acuerdos de reestructuración o de reorganización empresarial Ley 550 de 1990 o Ley
1116 de 2006.
Esta vez la circular del 2013, al igual que
la del 2012, no incluye la instrucción que
en la circular del 2011 estaba incluida en
el numeral 11.11 y que daba a entender
que se podían aceptar correcciones posteriores al reporte de prácticas empresariales. Esa instrucción en el caso del año
2011 decía:
“11.11 En el evento de presentarse
alguna modificación en el informe de
prácticas empresariales, al igual que
en el punto anterior, será necesario
solicitar autorización para retransmitir, indicando las razones por las
que se solicita la modificación y dicha comunicación debe estar suscrita
por el representante legal.
Por tanto, se entendería que al igual que
con los reportes del 2012, no se van entonces a aceptar correcciones posteriores
al reporte de prácticas empresariales.
Para ver este artículo en nuestra página ve al
siguiente link:
http://actualice.se/8cw7
Compilación de Actualidad
IVA e Impuesto
al Consumo
Todas las sociedades que deben entregar
este reporte lo harán en forma virtual y sin
necesidad de tener que estar enviado después un oficio por escrito a la Supersociedades notificando que cumplieron con la
entrega del reporte.
Hasta los reportes del 2012, el reporte de
prácticas empresariales era un cuestionario
de unas 128 preguntas que debían responder solamente los administradores de las
sociedades (Junta Directiva o Representante Legal) y que estaba dividido en tres
secciones: 1) Carátula, 2) Anexo Jurídico y
3) Anexo Gobierno Corporativo y Responsabilidad Social Empresarial. Ahora habrá
que esperar, hasta cuando se conozca a partir de abril 1 de 2014 la opción “42” del software STORM USER, para saber si ese reporte cambió mucho en su estructura o no.
$5.000
Más información:
actualicese.com/tienda
diciembre de 2013
/ actualicese.com 15