Revista actualicese.com Revista No. 26. Noviembre 2013 | Page 11

ESPECIAL / Información Exógena Tributaria año gravable 2014 mitirían solicitar en un comienzo los textos de los artículos 623 hasta 631-1 del E.T. Todos los reportes tienen cambios en mayor o menor grado, desde el universo de reportantes, hasta el tipo de información que se exige, que en algunos casos pasa a ser muy detallada, y los formatos de los archivos que se entregarían, que por el año gravable 2014 como novedad pasan de ser XML a formatos con extensión .CSV. Esto indica además que si los archivos de los reportes del año gravable 2014 ya no serán los mismos archivos XML usados hasta los reportes de año gravable 2013, esta situación obviamente ocasionará que la DIAN tenga que diseñar de nuevo la estructura de sus “solicitudes de envío de archivo”. A continuación destacaremos dos de las más importantes novedades que se introducen en la exigencia de los reportes del año gravable 2014: a) los nuevos reportes exigidos a quienes durante el 2014 lleguen a tener dos o más trabajadores con vínculo laboral y b) los reportes exigidos a contribuyentes y no contribuyentes de los impuestos nacionales (arts. 631 y 631-3 del E.T.). Las novedades de los reportes exigidos a Entidades Financieras, bolsas de valores, comisionistas de bolsa y a la Sociedad Administradora del Depósito Central de Valores DECEVAL, Cámaras de Comercio, Registraduría Nacional, Notarios, Tipógrafos elaboradores de facturas y Grupos Em- presariales y los nuevos reportes exigidos a quienes vendan y/o compren bonos para beneficios de los trabajadores son analizados en detalle en http://actualice.se/8cn0. Nuevos reportes exigidos a quienes durante el 2014 lleguen a tener dos o más trabajadores con vínculo laboral Haciendo uso de las facultades que se le dan al Director de DIAN en el art. 631-3 del E.T. para exigir “información con relevancia tributaria”, la Resolución 228 menciona en su artículo 2 numeral 5 y en su art. 20 que todas las personas naturales, jurídicas, sociedades y asimiladas, así como las demás entidades públicas y privadas que durante el 2014 lleguen a tener dos (2) o más empleados con vinculación laboral, se les solicita que elaboren, con corte mensual, los dos tipos de archivos que se mencionan en los numerales 10.1 y 10.2 del anexo técnico y en los que quedarían reportados los datos básicos de todos sus trabajadores tales como tipo de vinculación, condición especial, etc, junto con el detalle discriminado de los valores que le constituían salarios en el mes (sueldo, comisión, horas extras, viáticos), y de los que no le constituían salarios en el mes (premios, primas esporádicas, imagen y publicad, etc.). Los dos archivos que elaboren por cada mes solo los entregarían en una única fecha de entrega, entre abril y junio de 2015 (entregarían 24 archivos en esa sola entrega). Sin embargo, en el parágrafo del art. 20 se dispuso lo siguiente: “Parágrafo. El s uministro de la información de que trata este capítulo, correspondiente a los meses de enero a octubre de 2014, será opcional.” Así que los únicos meses por los cuales sería obligatorio elaborar los dos archivos serían noviembre y diciembre de 2014. El principal uso que la DIAN le daría a estos reportes es el de controlar a los entes jurídicos sujetos al impuesto CREE y a las personas naturales con 2 o más trabajadores, pues desde mayo de 2013, y a causa de lo indicado en el art. 25 de la Ley 1607 el cual fue reglamentado con los Decretos 862 de abril de 2013 y 1828 de agosto de 2013, se están ahorrando los aportes al SENA y al ICBF (y luego a partir de enero también los aportes como empleador a las EPS), solo si el total devengado por cada trabajador en un determinado mes (sumando lo salarial y lo no salarial) arroja un valor total que no exceda el equivalente a 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Reportes exigidos a los contribuyentes y no contribuyentes de los impuestos nacionales (arts. 631 y 631-3 del E.T.) Con relación con los reportes del art. 631 del E.T que todos los años se exigían a los contribuyentes y no contribuyentes de los Seminario Jornada Integral de Actualización Dos días, dos temas fundamentales: Día 1: Actualización en Estándares Internacionales y Cierre contable. Día 2: Actualización Tributaria. Intensidad: (2) dos días Horario: 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Precio regular: $550.000 Descuentos ORO 50% - ORO VIRTUAL 30% Pronto pago 25% Bogotá: 13 y 14 de noviembre de 2013 Barranquilla: 18 y 19 de noviembre de 2013 Cali: 22 y 23 de noviembre de 2013 Medellín: 25 y 26 de noviembre de 2013 Para mayor información, comunicarse al PBX: (092) 485 4646, Movistar: 315 578 5668 - 315 579 6104, Claro: 313 634 6468 - 3147085093 y Tigo: 300 251 6123 - 3005433397. [email protected] actualicese.com/tienda noviembre de 2013 / actualicese.com 11