Revista actualicese.com Revista No. 24. Septiembre 2013 | Page 7

ESPECIAL / Autorretención a título del CREE al como lo había anunciado desde agosto 6 de 2013, el Gobierno finalmente decidió expedir su Decreto 1828 de agosto 27 de 2013 con el cual se derogó el Decreto 862 de abril 26 de 2013, el cual había querido modificar desde junio de 2013 por los problemas que empezó a generar en la práctica, y fijó todo un nuevo esquema que se aplicará a partir de septiembre 1 de 2013 para practicar las retenciones a título del nuevo impuesto de renta para la equidad (conocido como CREE) creado a través de los artículos 20 a 37 de la Ley 1607 de diciembre 26 de 2012. El nuevo Decreto 1828 termina corrigiendo varias de las deficiencias que se habían presentado en la práctica con el Decreto 862, que causaron incluso mucha incomodidad entre quienes debían actuar como agentes de retención o autorretenedores pues se les exigía practicar las retenciones o autorretenciones a título del CREE sobre cualquier base, presentarlas en calendarios apretados y hasta pagarlas a partir de agosto de 2013 únicamente en forma electrónica, lo cual incluso hizo colapsar en ese mes el portal de la DIAN. El Decreto 1828 incluso va más allá y establece que a partir de septiembre 1 de 2013 la tarea de practicar la retención a título del CREE ya no estará en cabeza de todos aquellos compradores o pagadores que entre mayo 1 y agosto 31 debían practicarle la retención a los entes jurídicos que al final del año tributarán el CREE, pues ahora esa retención tendrá que ser autopracticada en todos los casos (y no solo en aquellos especiales que establecía el Decreto 862) por parte de dichos entes jurídicos. Adicionalmente, ya no establece que las declaraciones de dichas autorretenciones sean en todos los casos con periodicidad mensual, pues algunos lo tendrán que hacer de forma cuatrimestral. A continuación destacamos los más grandes cambios que se empezarán a dar en la práctica a partir de septiembre 1 de 2013 por causa de los cambios introducidos con el Decreto 1828. Entre mayo 1 y agosto 31 de 2013 todo se rige por lo que decía el anterior Decreto 862 En primer lugar es necesario entender que todo lo que decía el Decreto 862 de abril 26 de 2013 fue de obligatorio cum- T plimiento entre mayo 1 y agosto 31 de 2013. Por consiguiente, hasta la última compra que se hubiera hecho en agosto 31 (de contado o a crédito), la tarea de practicar la retención a título del CREE recaía en aquellos que estaban señalados como retenedores del CREE por parte del Decreto 862 y lo tenían que hacer con las pautas de dicho decreto (practicándola sobre cualquier base o presentando la declaración siempre de forma mensual, etc.). Lo mismo aplicaría para aquellos entes jurídicos sujetos al CREE y que el Decreto 862 los señalaba como autorretenedores del CREE (caso de los exportadores o de los que eran autorretenedores del impuesto normal de renta), pues hasta agosto 31 de 2013 debieron practicarse la autorretención con los criterios que les fijaba el Decreto 862, sobre cualquier base o ingreso, incluso los que al final del año se pudiesen restar como no gravados o como exentos en la base del CREE). De igual forma, la última declaración mensual del período agosto de 2013, tanto para los que eran retenedores como para los que eran autorretenedores, se tiene que presentar durante septiembre de 2013 en esos calendarios apretados que fijaba el art. 4 del Decreto 862. Pero lo interesante sería pensar en si para esa última declaración del período agosto de 2013 la DIAN diera el permiso especial, con alguna circular, para que no fuese obligatorio pagarla por canales virtuales, pues en parte esto fue lo que hizo colapsar el portal de la DIAN a comienzos de agosto de 2013. Todas las pautas que establecía el Decreto 862 y hasta las doctrinas de la DIAN como la contenida en el Concepto 47226 de julio 30 de 2013 donde interpretó que no era obligatorio presentar la declaración mensual de retención del CREE en ceros, se deben tener presentes para aquellos casos en que se tengan que reconstruir, por ejemplo, contabilidades atrasadas por los meses de mayo de 2013 hasta agosto de 2013. Incluso la pauta de que los entes jurídicos sujetos al CREE, e igualmente