actualidad / Impuestos b . Se hicieron las modificaciones para que en el renglón 57 ahora se declare la ganancia ocasional especial por acogerse al saneamiento patrimonial del art . 163 de la Ley 1607 y en el renglón 71 se liquide el respectivo impuesto de ganancia ocasional sobre esa ganancia ocasional especial . Incluso , en la casilla 85 del encabezado se dejó el espacio para marcar con una “ X ” si el declarante sí se acogerá o no a ese beneficio .
c . Se eliminaron los renglones que en el formulario del 2011 correspondían a los números 70 a 72 y con los cuales se podía discriminar cuánto del total a pagar correspondería a “ sanciones ”, a “ intereses de mora ” y al “ impuesto ”. Ahora solo se dejó la casilla 980 para indicar el “ pago total ”, deben quedar involucrados los tres conceptos . Además , ténga presente que si el declarante persona natural liquida un “ valor a pagar ” en el renglón 69 , el mismo se debe pagar en una sola cuota ( con la presentación de la declaración ) mientras que si liquida otro “ valor a pagar ” adicional en el renglón 71 ( por la ganancia ocasional especial sobre activos omitidos y pasivos inexistentes del art . 163 de la Ley 1607 ), ese valor a pagar de dicho renglón 71 se puede hacer hasta en cuatro cuotas iguales anuales entre los años 2013 a 2017 para lo cual se tendrían que usar varios formularios de pagos en bancos ( formulario 490 ) y diligenciados con el concepto “ 22-Ganancia ocasional Ley 1607 ” y el periodo “ 01 ”. ( La primera cuota que se pagaría en 2013 se vence en la misma fecha en que se venza la presentación de la declaración de renta año gravable 2012 ). El formulario no lo indique expresamente , en lugar de arrojar saldo a pagar en el renglón 69 lo que se obtiene es un saldo a favor en el renglón 70 y al mismo tiempo se tiene otro valor a pagar adicional en el renglón 71 , sí se podría netear el saldo a favor del renglón 70 con el valor a pagar del 71 y pagar solo la diferencia ( si es que sigue arrojando un gran saldo a pagar ) y hacerlo en las cuatro cuotas iguales anuales .
d . Por el cambio que el art . 19 de la 1607 le hizo al numeral 5 del art . 596 del E . T , esta vez ya no se solicita la información de los datos del representante del declarante que sí se pedían en las casillas 75 a 78 del formulario del 2011 . Para la DIAN es suficiente que esos datos figuren en la página 3 del RUT del declarante .
e . En las casillas 72 a 80 esta vez se pidió informar los datos de cualquiera de dos “ dependientes ” que pueda llegar a tener el declarante . Al respecto , fue el art . 15 de la Ley 1607 el que modificó el art . 387 del E . T . y en el parágrafo 2 de la nueva versión de dicho artículo se menciona cuales son los tipos de familiares que un asalariado puede llegar a presentar ante sus agentes de retención en la fuente como personas que son sus “ dependientes ”. Como el formulario 210 no tiene suficiente instrucción sobre esas nuevas casillas 72 a 80 , ni tampoco se ha publicado hasta el momento la cartilla para el formulario 210 , por ahora se puede entender que esas son casillas para que solo las utilice un declarante que sea asalariado y lo haría con los datos de las personas que ahora , en el presente año 2013 , puedan servirle para presentarlas como “ dependientes ” ante sus agentes de retención . Como sea , lo mejor sería poder esperar hasta conocer la cartilla instructiva de la DIAN .
f . Si el declarante del formulario 210 está obligado a presentarlo de forma virtual , en ese caso en el parágrafo del art . 2 de la Resolucion 0061 se da aplicación a la nueva versión con que quedó la norma de procedimiento tributario del art . 579-2 del E . T . y se indica que se presentan problemas con el portal de la DIAN o causas de fuerza mayor para el contribuyente , la declaración se deberá presentar virtualmente y en forma extemporánea pero sin liquidar sanción de extemporaneidad , pues lo que no se permite es que ante ese lio de eventos el contribuyente salga a correr a presentarla en papel como se indicaba en la norma antes de ser modificada por la Ley 1607 .
g . A una persona no obligada a llevar contabilidad nunca le tocaría diligenciar adicionalmente el formato 1732 ( ni siquiera por tener patrimonios altos en el año 2011 ), pues dicho formato 1732 es exclusivo solo de los declarantes obligados a llevar contabilidad .
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junio de 2013 / actualicese . com 13