RESOURCES NEWSLETTER EDICIÓN 25 JULIO 2013 | Page 10

Año 1 Edición 25 Página 10
Año 1 Edición 25 Página 10
MÁS DE 2,000 APLICACIONES EL 2 DE JULIO
PROGRESO CON UN ALTO COSTO DE DESGASTE
La apertura del sistema de radicación es una gran noticia para la industria, sin embargo el proceso no ha tenido una ejecución amigable con la inversión
1) Reglas de Aplicación: Anunciadas una semana antes de la apertura incluyendo:
Fuente: OPHIR MRI
El nuevo sistema de radicación de la Agencia Nacional de Minería( ANM) registró exitosamente más de 2,000 aplicaciones en las primeras horas del 2 de julio. Con las nuevas reglas, los pasos críticos para aplicar a un contrato de concesión minera en Colombia son:
1) Aplicación Online a través del portal de la ANM
2) Entrega de documentos técnicos respaldando la propuesta incluyendo mapa y Programa Mínimo de Exploración
3) Entrega de documentos respaldando la inversión, incluyendo certificación de capacidad económica para desarrollar el programa de exploración.
La ANM registra los turnos en los cuales se realiza la aplicación online, y posteriormente migra la información para emitir un reporte final sobre las áreas solicitadas.
El tiempo estimado para conocer la resolución frente al caso es de entre 3 y 6 meses de acuerdo con fuentes oficiales de la Agencia, teniendo en cuenta el tiempo necesario para evacuar los procesos pendientes.
Con el nuevo proceso, el efecto cascada( el segundo proponente recibe el turno tras ser rechazada la primera propuesta) es anulado, permitiendo tener áreas libres disponibles para el público más rápido.
Resolución 428: Establece los requerimientos mínimos de inversión para considerar aceptable un programa de exploración. Esto es un esfuerzo destacable de la ANM pero requiere refinar algunos criterios formulados con base en el área de la aplicación, los cuales disparan los precios para actividades críticas como la perforación. Esto requiere un análisis más selectivo.
Decreto 1300: Establece el músculo financiero del proponente. Con base en lo anterior, muchos desarrolladores deben reducir su área( incrementando su riesgo) o realizar una propuesta con consideraciones irreales, llevando a áreas congeladas durante el periodo de evaluación.
Asimismo, enfocarse en la capacidad de endeudamiento o requerir certificación bancaria no es razonable dado que los bancos no invierten en exploración minera. Esto solo deja espacio para desarrolladores con un fuerte respaldo institucional y abre la puerta para discutir acerca de inversión organizada en minería en Colombia.
2) Áreas de Exclusión: El Ministerio del Medio Ambiente presentó el Decreto 1374 estableciendo áreas a ser excluidas de nuevos títulos mineros, por un periodo de hasta dos( 2) años.
En teoría, la ANM podría otorgar estas áreas para ser exploradas, con el riesgo de que sean declaradas zonas de no minería en los próximos 2 años. Esto es una postura no amigable, y por lo tanto los contratos otorgados en estas áreas no deberían obligar inversión hasta que su status sea definido.
El mapa de exclusión( siguiente página) se presentó un día hábil antes de habilitar el radicador, dando virtualmente ningún tiempo para ajustar estrategias corporativas.
El hecho que el Ministerio de Ambiente pueda interferir en el negocio minero en cualquier punto con un nuevo decreto sin respaldo científico, como este, es preocupante. Con más de $ 2,000 millones invertidos en nuevas aplicaciones, es tiempo de definir claramente las áreas exentas de minería.
Las opiniones expresadas en este reporte reflejan la opinión personal del autor respecto a las compañías mencionadas. El autor certifica que no ha recibido, no recibe ni recibirá ninguna compensación directa o indirecta a cambio de expresar una opinión específica.