REGLAMENTO ESTUDIANTIL UNIMINUTO | Page 38

Corporación Universitaria Minuto de Dios - UNIMINUTO la homologación, podrá exigir al estudiante que presente un examen de validación o suficiencia, pagando previamente los correspondientes derechos. Artículo 44. Prueba de validación o suficiencia. Se entiende por prueba de validación o suficiencia aquella a la que se somete voluntariamente un estudiante quien, en razón de su formación previa, experiencia profesional o estudios, considera que debe ser eximido de cursar una asignatura en particular. Artículo 45. Reglas aplicables a la homologación y validación o suficiencia. Para la homologación o prueba de validación o suficiencia de una o más asignaturas, se aplicarán las siguientes reglas: a. Cada Facultad o Unidad Académica definirá cuáles materias son susceptibles de validación o suficiencia y cuáles no, así como la forma y contenido de tales pruebas. b. No se podrán homologar asignaturas que el estudiante hubiere cursado y reprobado en cualquier programa o Institución. No obstante, el estudiante puede solicitar que se le practique una prueba de suficiencia. c. Cuando se exige la prueba de validación o suficiencia, el estudiante asumirá la preparación directa de la respectiva asignatura. d. El estudiante deberá cancelar el valor del examen que fije UNIMINUTO, antes de presentarlo. e. La prueba deberá cubrir todos los contenidos del currículo para la asignatura correspondiente. f. La prueba se presentará ante el Coordinador del respectivo programa y será calificada por un jurado integrado por dos profesores de la Unidad Académica que ofrece la asignatura. g. Si el estudiante presenta el examen y no obtiene en él una calificación mínima de 3.5 se entenderá que la asignatura 40