internacional para convenir la aplicación de derecho extranjero, la jurisdicción de
tribunales extranjeros en asuntos mercantiles y celebrar acuerdos arbitrales
cuando así lo conviniera.
El 28 de noviembre de 2008, se publicó la Ley de Petróleos Mexicanos, la cual
define a Pemex como un organismo descentralizado con fines productivos,
personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tenía como objetivo la
exploración, explotación y demás actividades. Pudiendo ésta crear a sus propios
organismos subsidiarios, facultadas todas ellas para poder realizar las
operaciones realizadas directa o indirectamente con su objeto. Del mismo modo,
se reformó el Consejo de Administración, agregando a su composición, a cuatro
"consejeros profesionales", designados éstos por la Cámara de Senadores.
Igualmente, este Consejo, se conformaría por siete comités:
Auditoría y Evaluación del Desempeño.
Estrategia e Inversiones.
Remuneraciones.
Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios.
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Transparencia y Rendición de Cuentas.
Desarrollo e Investigación Tecnológica.
La nueva ley, reguló la deuda de Pemex, bonos ciudadanos, presupuesto, el
procedimiento de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas,
modalidades en la contratación.
La Reforma Energética de 2013 modificó la naturaleza de Pemex y la transformó
en Empresa Productiva del Estado. Como parte de la privatización de la industria
petrolera nacional, se creó una nueva Ley de Petróleos Mexicanos donde se
busca neutralizar las ventajas monopólicas que gozaba la empresa para
competir en igualdad de condiciones con las empresas privadas en toda la
cadena productiva. La inversión en Pemex ha disminuido drásticamente,
acelerado este fenómeno por la caída abrupta de los precios del petróleo en 2014
y 2015. Se crearon nuevas subsidiarias y filiales
Positivos
En el aspecto social, PEMEX no realiza una constante aportación de donativos
y donaciones a lo largo del año, solo pueden ser sujetos a recibir donativos y
donaciones las personas morales.
Pueden recibir donativos o donaciones los Estados y Municipios considerados
como prioritarios para la operación de PEMEX y sus Organismos Subsidiarios.
También pueden recibir donativos o donaciones los Estados y Municipios no
prioritarios pero que tengan una importancia relativa para la operación de
PEMEX y sus Organismos Subsidiarios.