dos nuevos magistrados, los tribunos de la plebe, que serían los defensores de sus
derechos.
Menenio Agripa les había dicho que los miembros del cuerpo humano,
cansados de alimentar al estómago, que aparentemente no trabajaba, tramaron una
conspiración y se rebelaron, negándose a llevar alimento a la boca, pero al poco
tiempo el cuerpo se debilitó y los miembros cayeron en un estado de postración.
Entonces los miembros comprendieron que el estómago no permanecía ocioso y
mediante la digestión de los alimentos mantenía a todo el cuerpo en actividad. En
consecuencia, Menenio Agripa les explicó que los plebeyos eran los miembros y el
Senado el estómago y para que toda la sociedad funcionara en armonía, era necesaria
la concordia.
A mediados del siglo V a. C., la plebe romana proseguía la lucha por la igualdad
política y jurídica con el patriciado. Las exigencias plebeyas abogaban por la
clarificación del ámbito del derecho y su participación en la política romana, a la vez
que mantenían las aspiraciones del reparto de tierras del ager romanus -tierras del
estado- y la abolición del nexum para acabar con la esclavitud por deudas. Finalmente,
se encargó a un grupo de diez hombres, los decenviros, encabezados por el patricio
Apio Claudio, la codificación del derecho vigente para hacerlo extensivo a todos los
miembros de la comunidad. La redacción de la llamada Ley de las Doce Tablas se hizo
sobre la base del viejo derecho consuetudinario y el conocimiento de los esquemas
griegos.
TRIBUNADO DE LA PLEBE
Los tribunos de la plebe debían proteger a los ciudadanos y procurar que
ninguno fuese avasallado en sus derechos. Carecían de poder para obrar, pero lo
tenían para impedir. Para ello tenían el Derecho de Veto (Prohibo), que ejercían ya sea
cuando se proponía una ley contraria a los intereses del pueblo; cuando un ciudadano
era detenido, con lo que quedaba libre hasta el día de la sentencia; o cuando los
cónsules convocaban al ejército para emprender una expedición.
LEYES DE LAS XII TABLAS
Tablas I, II y III: Derecho Procesal Privado: Las Tablas I, II, III contendrían
Derecho procesal privado. El procedimiento que regulan es el de las acciones
de la ley, acciones judiciales en que en virtud de la Ley de las XII Tablas podrían
ejercer los ciudadanos romanos para la defensa de sus derechos. El proceso se
caracterizaba por su excesivo formalismo, las partes debían pronunciar
determinadas palabras, a veces muy complicadas, obligatoriamente si querían
tener posibilidades de ganar el litigio o debían realizar ritos. Detrás de este