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 Irán firmadas por todos los administradores, serán revisadas por los auditores de cuentas y se someterán finalmente a la aprobación de la Junta General.  Las cuentas anuales, que forman una unidad, deben ser redactadas con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad. Comprenderán: El balance - La cuenta de pérdidas y ganancias - La memoria Tributación: Las sociedades anónimas tributan a través del Impuesto sobre Sociedades. El tipo aplicable general en el año 2015 se sitúa es el 28%, pasando a partir del 01 de enero de 2016 al tipo del 25%. Las sociedades mercantiles de nueva creación (*) constituidas a partir de 1 de enero de 2013, que realicen actividades económicas, tributarán en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, con arreglo a la siguiente escala, excepto si de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, deban tributar a un tipo diferente al general: Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, al tipo del 15%. Por la parte de base imponible restante, al tipo del 20%. A partir del 01 de enero de 2015 al 15%, independientemente de la base imponible. (*) La normativa del impuesto sobre sociedades establece cuando no se entiende iniciada una actividad económica. 37