2. El Consejo se reunirá en sección ordinaria por lo menos una vez al año y en
extraordinaria cuando lo citen el Presidente, la mayoría de los Consejeros o el
Comisario.
3. Integrarán quórum para las reuniones la mayoría de los Consejeros.
4. Los acuerdos se aprobarán por mayoría de votos y en caso de empate el Presidente
tendrá voto de calidad.
5. De cada sesión se levantará acta que firmarán los consejeros que asistan.
VIGESIMA SEPTIMA.- La asamblea General de Accionistas, el Administrador o Consejo de
Administración, designarán a los Gerentes, señalarán el tiempo que deban ejercer sus
cargos sus facultades y obligaciones.
VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD
VIGESIMA OCTAVA.- La vigilancia de la Sociedad estará a cargo de uno o varios
Comisarios, quienes podrán ser o no accionistas serán elegidos por la Asamblea General
de Accionistas por la mayoría de votos y ésta podrá designar sus suplentes así como
que desempeñarán sus cargos por tiempo indefinido hasta que tomen posesión quienes lo
sustituyan.
VIGESIMA NOVENA.- Los Ejercicios sociales se inician el primero de enero y terminan el
treinta y uno de diciembre de cada año, excepto el primer ejercicio que se iniciará con las
actividades de la sociedad y terminará el treinta y uno de diciembre del siguiente.
TRIGESIMA.- En los primeros cuatro meses siguientes a la clausura del ejercicio social, el
Administrador o el Consejo de Administración, harán un balance con los documentos
justificativos y pasarán al Comisario para que emita dictamen en un lapso de diez días.
TRIGESIMA PRIMERA.- después de practicado el balance, se realizará una convocatoria
a una asamblea general de accionistas y el balance correspondiente quedará a merced de
los accionistas, esto se realizada quince días antes de que quede reunidas la asamblea, tal
y como lo establece el artículo ciento setenta y dos de la ley general de sociedades
mercantiles.
TRIGESIMA SEGUNDA.- La repartición de utilidades se realizará de la siguiente manera: