PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES 2019 bases_fpcc_2019_5263 | Page 32

Para las postulaciones registradas en la disciplina de Medios Audiovisuales, los postulantes podrán solicitar recursos económicos únicamente para cubrir gastos de producción y posproducción de los proyectos. En el caso de largometrajes, sólo procederán recursos para cubrir gastos de posproducción. III.6 No se admitirán proyectos ya realizados en los que se pretenda recuperar recursos económicos de manera retroactiva. Tampoco aquéllos cuyo calendario de ejercicio de recursos inicie antes de junio de 2020. III.7 Los beneficiarios de emisiones anteriores de este Programa (titulares e integrantes) que hayan o no percibido honorarios del recurso otorgado para el desarrollo del proyecto, podrán participar en esta convocatoria únicamente si concluyeron satisfactoriamente con todos los compromisos establecidos en su convenio, cuentan con la carta de conclusión y tienen, al cierre de esta convocatoria, un año de haber presentado su informe final completo y, en su caso, el producto cultural comprometido en el instrumento jurídico suscrito con el Fonca. Los colaboradores de un proyecto beneficiado en emisiones anteriores de este Programa, podrán participar en esta convocatoria siempre y cuando hayan concluido en tiempo y forma con sus compromisos y cuenten con la carta de liberación que les extienda el titular del proyecto, firmada en original, para confirmar la conclusión de sus actividades. Esta carta la deberán cargar en Documentos del proyecto. III.8 Los beneficiarios de la emisión 33 (año 2017) de este Programa podrán postularse en esta convocatoria con un proyecto de continuidad, siempre y cuando la solicitud se presente por el titular que suscribió el instrumento jurídico anterior, se refiera al mismo proyecto, aporte nuevas perspectivas y/o alcances sobre la propuesta anterior, se registre en la misma disciplina o área, no haya recibido recursos en la emisión 32 (año 2016) y se enmarque dentro de lo siguiente: • Desarrollo de centros de enseñanza y/o actividades de capacitación y formación, con carácter independiente en ambos casos (cursos, talleres, diplomados, seminarios, laboratorios, entre otros). • Actividades a desarrollar en espacios culturales independientes (foros y salas de artes escénicas, galerías y centros culturales multidisciplinarios). • Organización y desarrollo de festivales, muestras o encuentros. • Producción editorial (solo para casas editoriales independientes). • Producción radiofónica independiente. • Producción independiente de series documentales. • Rescate y organización de archivos o acervos documentales. Los titulares de estos proyectos deberán haber presentado sus informes de actividades puntualmente y haber entregado en tiempo su reporte final y producto cultural para evaluación de los Tutores. En caso de que estas propuestas de continuidad sean seleccionadas, los proyectos anteriores tendrán que haber finalizado satisfactoriamente antes de la fecha límite para suscribir el nuevo convenio. Al concluir este periodo, los beneficiarios deberán esperar un año para postular en este Programa. PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES, 2019 • 32