PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES 2019 bases_fpcc_2019_5263 | Page 32
Para las postulaciones registradas en la disciplina de Medios Audiovisuales, los postulantes
podrán solicitar recursos económicos únicamente para cubrir gastos de producción y
posproducción de los proyectos. En el caso de largometrajes, sólo procederán recursos
para cubrir gastos de posproducción.
III.6 No se admitirán proyectos ya realizados en los que se pretenda recuperar recursos
económicos de manera retroactiva. Tampoco aquéllos cuyo calendario de ejercicio de
recursos inicie antes de junio de 2020.
III.7 Los beneficiarios de emisiones anteriores de este Programa (titulares e integrantes) que
hayan o no percibido honorarios del recurso otorgado para el desarrollo del proyecto,
podrán participar en esta convocatoria únicamente si concluyeron satisfactoriamente con
todos los compromisos establecidos en su convenio, cuentan con la carta de conclusión
y tienen, al cierre de esta convocatoria, un año de haber presentado su informe final
completo y, en su caso, el producto cultural comprometido en el instrumento jurídico
suscrito con el Fonca.
Los colaboradores de un proyecto beneficiado en emisiones anteriores de este Programa,
podrán participar en esta convocatoria siempre y cuando hayan concluido en tiempo y
forma con sus compromisos y cuenten con la carta de liberación que les extienda el titular
del proyecto, firmada en original, para confirmar la conclusión de sus actividades. Esta
carta la deberán cargar en Documentos del proyecto.
III.8 Los beneficiarios de la emisión 33 (año 2017) de este Programa podrán postularse en
esta convocatoria con un proyecto de continuidad, siempre y cuando la solicitud se
presente por el titular que suscribió el instrumento jurídico anterior, se refiera al mismo
proyecto, aporte nuevas perspectivas y/o alcances sobre la propuesta anterior, se registre
en la misma disciplina o área, no haya recibido recursos en la emisión 32 (año 2016) y se
enmarque dentro de lo siguiente:
• Desarrollo de centros de enseñanza y/o actividades de capacitación y formación, con
carácter independiente en ambos casos (cursos, talleres, diplomados, seminarios,
laboratorios, entre otros).
• Actividades a desarrollar en espacios culturales independientes (foros y salas de artes
escénicas, galerías y centros culturales multidisciplinarios).
• Organización y desarrollo de festivales, muestras o encuentros.
• Producción editorial (solo para casas editoriales independientes).
• Producción radiofónica independiente.
• Producción independiente de series documentales.
• Rescate y organización de archivos o acervos documentales.
Los titulares de estos proyectos deberán haber presentado sus informes de actividades
puntualmente y haber entregado en tiempo su reporte final y producto cultural para evaluación
de los Tutores. En caso de que estas propuestas de continuidad sean seleccionadas,
los proyectos anteriores tendrán que haber finalizado satisfactoriamente antes de la
fecha límite para suscribir el nuevo convenio. Al concluir este periodo, los beneficiarios
deberán esperar un año para postular en este Programa.
PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES, 2019 • 32