Presentado el Informe Anual 2016 sobre racismo en el estado español | Page 94

POLÍTICA MIGRATORIA DE LA UNIÓN EUROPEA
mente con un visado para estancia de corta o de larga duración y fueron escasas las solicitudes de asilo que se presentaron en las fronteras.
En 2014, el número de solicitantes de asilo en el espacio Schengen procedentes de los cinco Estados de los Balcanes Occidentales exentos de la obligación de visado y de los países candidatos al espacio Schengen, era superior al de las solicitudes de 2013 en un 34 %. Representaron el 11 % del número total de solicitantes de asilo.
Quienes provenían de Serbia siguieron constituyendo el grupo más numeroso de solicitantes de asilo de los Balcanes Occidentales( 45 % en 2014), seguidos de quienes provenían de Albania( 22 %).
El Estado miembro más afectado continuó siendo, con gran diferencia, Alemania( cuya cuota de absorción de personas de los Balcanes Occidentales se acercó al 78 %), seguida de Francia, Suecia y Bélgica.
Con respecto a la situación en el espacio Schengen, en 2014 se detectó casi 426.000 estancias irregulares, que en términos porcentuales representa un aumento casi del 28 % en relación con 2013. Alemania fue el país que más número de instancias irregulares detectó, seguida por Suecia, Francia, España y Austria. Cabe señalar que Austria, Bulgaria, Chipre, Grecia, Islandia, Malta e Irlanda, Estado miembro no perteneciente a Schengen, a mediados de abril todavía no habían presentado sus datos para el informe.
Finalmente, durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2014 y el 30 de abril de 2015 no se produjeron casos de restablecimiento temporal de los controles en las fronteras interiores por parte de los Estados miembros.
Los atentados de París de noviembre de 2015 motivaron una propuesta de reglamento para incrementar el control en las identificaciones. La Propuesta de Reglamento por el que se modifica el Reglamento( CE) n º 562 / 2006 en lo relativo al refuerzo de los controles mediante la consulta de bases de datos pertinentes en las fronteras exteriores( COM / 2015 / 0670 final) tiene como objetivo obligar a los Estados miembros a realizar controles sistemáticos de las personas beneficiarias del derecho a la libre circulación en virtud de la legislación de la Unión( provenientes de la UE y miembros de sus familias que no sean ciudadanas de la UE) cuando cruzan una frontera externa, mediante la consulta de bases de datos de documentos robados y extraviados, así como verificar que no representan una amenaza para el orden público ni para la seguridad interior.
Para cumplir con los objetivos planteados, la propuesta modifica el Reglamento( CE) n º 562 / 2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras( Código de fronteras Schengen) destinada a incrementar la seguridad en el espacio sin control en las fronteras interiores.
Las modificaciones planteadas en dicha propuesta están específicamente relacionadas con el refuerzo de los controles mediante la consulta de bases de datos, con vistas a permitir las comprobaciones sistemáticas de personas de la
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