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Informe Anual 2016 sobre el racismo en el estado español
inmemorables. También se ha podido constatar que los estereotipos hacia esta
población subsisten vigorosos y que tanto los medios de comunicación como
otras instituciones, por ejemplo, la propia RAE contribuyen para la perpetuación de los mismos. Asimismo, persisten los prejuicios y una honda y arraigada
discriminación social.
Según el barómetro europeo sobre discriminación, el pueblo gitano «es el
más discriminado de Europa». Se ha advertido la necesidad de un movimiento
social gitano que promueva el cambio, debiendo ser el propio colectivo el que
se «libere», para lo cual es primordial la militancia de las personas de etnia
gitana.
Terminamos con las palabras de Fernando Rey Martínez, profesor titular de
Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid, «la igualdad étnica es
un bien para las minorías aisladas y sin voz, pero también para la sociedad en su
conjunto porque será una sociedad más justa y dispondrá de una mayor diversidad cultural».
Resoluciones judiciales
La batalla contra la discriminación del pueblo gitano se desarrolla en varios
frentes, uno de ellos es el judicial. Exponemos a continuación algunas resoluciones judiciales emitidas en 2015.
Comenzamos por la Sentencia de 16 de julio de 2015. C-83/14, CHEZ del
Tribunal de Justicia de la UE, Razpredelenie Bulgaria AD contra Komisia za
zashtita ot diskriminatsia. Los hechos que dan origen a esta sentencia son los
siguientes. La Sra. Nikolova es la dueña de un pequeño negocio en un área
mayoritariamente Roma (Gizdoma mahala). Los metros de electricidad en ese
barrio eran instalados a 6-7 metros de altitud para combatir prácticas ilegales
relacionadas con el consumo de electricidad. Según CHEZ (el suministrador de
electricidad), esta medida solo se llevaba a cabo en algunos barrios específicos.
En los demás, los metros se ponían a 1.70 metros de altitud, permitiendo así a
los consumidores controlar el gasto de electricidad que hacían.
La Sra Nikolova demandó a CHEZ ante la Comisión para la Protección contra la Discriminación argumentando que la factura de la luz había sido excesiva
y que la posición de los metros (como requiere la UE) estaba colocada de tal
manera que no permitía comprobar el consumo regularmente. A demás, decía
que la decisión de colocar los metros a tal altura sólo se había tomado porque la
mayoría de los residentes de ese barrio eran Roma. En este sentido, dijo que
había sufrido una discriminación por origen ético, aunque ella no era Roma. En
su decisión, la Comisión para la Protección contra la Discriminación sostuvo las
alegaciones de la demandante, pero CHEZ apeló ante el Tribunal Administrativo de la Ciudad de Sofía, quien hace una serie de preguntas al TJUE.
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