P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 61
Su objetivo general será aprovechar los suelos industriales aledaños al Río Medellín para la
producción de una nueva ciudad competitiva en la que exista la convivencia entre la industria de
última generación y sostenible, la vivienda y otros usos complementarios.
El macroproyecto tendrá los siguientes alcance normativos y de gestión de carácter específico.
1. Facilitar los procesos de gestión del suelo para habilitar el suelo para la creación de una
nueva ciudad densa, compacta y continua, para lo cual deberá determinar una norma
tipológica y la configuración de unidades de actuación urbanística.
2. Introducir una nueva estructura urbana en función de la convivencia entre la nueva industria,
la vivienda y otros usos complementarios, aplicando en todo caso el Derecho de
Permanencia de la Industria.
3. Identificar las áreas con potencial para la localización de equipamientos en función de la
nueva estructura urbana y la consolidación y articulación con la franja de equipamientos
educativos existentes asociados al Río Medellín.
4. Establecer un protocolo ambiental para la recuperación de los suelos contaminados y la
coexistencia de la industria con la vivienda; para ello deberá establecer un periodo de
adaptación de la actividad industrial existente a las condiciones establecidas por el
Macroproyecto; deberá privilegiar la localización de la vivienda previendo evitar los procesos
de segregación socio espacial.
5. Con el fin de lograr la coexistencia de los usos y la mitigación del riesgo tecnológico, deberá
realizar estudios ambientales que permitan identificar el real impacto de la actividad
industrial existente, definir los protocolos, las temporalidades y las zonas iniciales aptas
para los procesos de transformación del suelo.
6. La obligación de VIP del macroproyecto Río Sur será la identificación de un 10% del área
neta urbanizable o el 10% de todo lo construido en vivienda, con Derecho de preferencia
para su adquisición por parte del Municipio.
7. El 50% de la obligación de construcción o de suelo para VIP, podrá ser trasferido fuera de
este macroproyecto, siendo las principales áreas receptoras en su orden de prioridad para
su traslado, el Macroproyecto Río Norte, Río Centro, los Macroproyectos de Borde o de ejes
trasversales y/o proyectos VIP desarrollados en la Ladera.
8. El traslado de la obligación de VIP podrá efectuarse comprando los Derechos Fiduciarios
colocados por el Municipio para tal fin o trasladando el aporte materialmente.
9. La obligación de porcentaje mínimo de VIS que deberá ejecutar este Macroproyecto, será la
destinación del 10% de la edificabilidad destinada a vivienda por el macroproyecto, con
Derecho de Preferencia para la adquisición del municipio, dado que la construcción de VIS
no se considera una carga, pues su comercialización posee niveles de rentabilidad, no se
habilita su traslado o pago.
Artículo 88. AIE MEDBorde. Objetivos y estrategias específicos de los macroproyectos del
Cinturón Verde. Los macroproyectos del Borde, tendrán como objetivo configurar un borde
ambiental, paisajístico y rural, y equilibrar las actuaciones urbanísticas con las condiciones
territoriales en el Borde Urbano. Para lograrlo, los macroproyectos incorporarán las siguientes
estrategias:
1. Preservación de los valores de montaña inherentes al patrimonio ambiental, rural y
paisajístico del territorio de Medellín.
Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN
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