P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 40
o) Excavaciones para la instalación de ductos (alcantarillados, acueductos, gasoductos y
oleoductos).
p) Construcción de pozos sépticos, estanques para la producción de peses y reservorios o
presas.
q) El mantenimiento inadecuado de los sistemas de drenaje y subdrenaje de las vías, zonas
verdes, taludes, espacios públicos y de las obras de estabilización y protección ya
construidas.
r) Ausencia de obras de drenaje en las vías y senderos peatonales (alcantarillados para
aguas lluvias, cunetas, quiebrapatas, cordones y sumideros) para la recolección de las
aguas residuales y lluvias (escorrentía).
s) La deforestación.
t) Siembra de especies arbóreas con raíces muy agresivas próximas a edificaciones o a
taludes de alta pendiente.
u) Explotaciones agropecuarias sin prácticas conservacionistas.
v) Quema progresiva y sistemática de la cobertura vegetal (pastos, rastrojo y árboles) para la
expansión de la frontera agrícola y pecuaria.
w) Las vibraciones ocasionadas por el uso de explosivos para la construcción de carreteras,
túneles, y las excavaciones para emplazar edificios; el tránsito frecuente de vehículos
pesados y maquinaria, etc.
7. Incentivo a los usos y acciones de protección y conservación con comunidades.
Artículo 65. Criterios de manejo para las Áreas con potencial para captura de carbono en
biomasa aérea. La acción fundamental para aumentar la captura de carbono, en la ciudad será
promover la protección de las coberturas vegetales existentes en todos sus estados sucesionales,
permitiendo la regeneración natural y en aquellas áreas degradadas y con pastos limpios, promover
acciones de reforestación tanto con especies comerciales en áreas destinadas a la producción
forestal, como con especies nativas en áreas destinadas a la protección ambiental. Además de la
captura de carbono, estas acciones contribuirán a la conservación del suelo, la regulación de los
regímenes naturales de los caudales y la permanencia/establecimiento de la flora y fauna nativa que
allí habita.
Parágrafo. La Administración Municipal, a través de su Secretaría de Medio Ambiente, continuará y
fortalecerá el proceso de implementación de proyectos de producción forestal, con el fin de
capitalizar las oportunidades con el mercado internacional de reducción de emisiones de Gases con
Efecto Invernadero (GEI). La implementación de este tipo de proyectos, bajo el esquema del
Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) del Protocolo de Kioto o el Mercado voluntario de carbono,
impulsará el desarrollo sostenible de la Región, beneficiando a las comunidades y protegiendo los
recursos naturales con que cuentan.
Artículo 66. Criterios de manejo para las zonas de recarga de acuíferos. Para el manejo de las
zonas de recarga de acuíferos, se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales.
1. Las intervenciones propenderán porque los suelos mantengan sus características que permiten
la infiltración y retención del agua lluvia, así como la calidad de la misma.
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Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
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