P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 38

6. Se deben realizar planteamientos de continuidad de la conectividad ecológica primordialmente en el sitio de intervención, ya sea por el cambio de margen o eje de la red ecológica o en los separadores mismos a manejar por parte del proyecto. 7. Los diseños de proyectos de infraestructura y de espacio público deberán considerar un trabajo articulado de profesionales de la Arquitectura e Ingeniería Forestal para el manejo coordinado del proyecto y la estructura ecológica principal, resaltando el manejo de los retiros a corrientes de agua y la conectividad ecológica. 8. Así mismo, se deberán aplicarse los criterios de manejo del Plan Maestro de Espacios Públicos Verdes Urbanos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, para asegurar la permanencia de los individuos vegetales que hacen parte del inventario del patrimonio arbóreo incluido en el mismo estudio o la actualización a la que este tuviese lugar, con los mecanismos de control que defina la Autoridad Ambiental competente. CAPÍTULO V. CRITERIOS DE MANEJO DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA COMPLEMENTARIA Artículo 63. Criterios de manejo para las Áreas para la prevención de inundaciones y avenidas torrenciales. La intervención en estas áreas está dirigida a: 1. La conservación de los patrones naturales de drenaje en la mayor medida compatible con las necesidades de drenaje de la ocupación urbana; 2. La conservación de la función prioritaria de la escorrentía urbana en el sostenimiento de la integridad ecológica de las quebradas y el río; 3. El uso multifuncional de las aguas llu vias y la escorrentía en el espacio público. 4. El reasentamiento de la población ubicada en suelos de riesgo y con condiciones de riesgo, cuando los estudios de detalle lo determinen. 5. De acuerdo a las disposiciones del Plan BIO2030, se deberá optimizar la conservación de la dinámica hidráulica de ríos y quebradas y las condiciones naturales de su cauce, con un enfoque adaptativo del manejo hidráulico y la prevención del riesgo, ajustando, en la mayor medida posible, la ocupación y usos a la dinámica hidráulica fluvial. Artículo 64. Criterios de manejo para las Áreas para la prevención de movimientos en masa. En el enfoque de la gestión del riesgo como una política integral, la prevención ocupará una posición de gran relevancia, que permitirá identificar con anticipación las causas y posibles efectos, con el fin de diseñar planes de intervención que prevengan o mitiguen la probable ocurrencia de un desastre. Los criterios de manejo de las áreas para la moderación de inundaciones y movimientos en masa se presentan son los siguientes: 1. Estabilización de laderas o taludes. 2. Protección de las cuencas hidrográficas. 3. Control y manejo de las aguas. Que comprenderá manejo del drenaje superficial (a través de Obras temporales de drenaje, canales para encauzar el agua de escorrentía, Zanjas de coronación, Diques de coronación, Zanjas interceptoras, Drenes franceses, Canales, Presas correctoras, Enrocados o jarillones, Sellamiento de grietas, Impermeabilización, Sumideros, sardineles y cunetas) y del drenaje subterráneo (a través de Drenes de zanja, Drenes 36 Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN