P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 340
3. Se debe realizar una evaluación por impacto nocivo por vertimientos de agua, en función de la
resiliencia de la fuente de donde se pretende disponer dicho residuo, y contar con el respectivo
permiso otorgado por la autoridad ambiental.
4. Establecer planes para el manejo de líquidos y/o sustancias que puedan afectar directa o
indirectamente el medio ambiente, ya sea por el simple manejo o por posibles derramamientos o
vertimientos a afluentes.
5. En caso de utilizar equipos que en consecuencia de su operación, generen contaminación
atmosférica como Material Particulado (PST, PM10, PM2.5), Óxidos de Azufre y Nitrógeno,
Ozono, Monóxido de Carbono, humos y olores tec. se deberá contar, con equipos que mitiguen
este impacto insalubre como: extractores de humo o gases, chimeneas, filtros, etc.
6. Esta actividad deberá tramitar el permiso de emisión otorgada por la Autoridad Ambiental
competente, en función del inventario de emisiones actuales y el estado de contaminación
atmosférica de la zona.
7. En caso utilizar equipos que en consecuencia de su operación generen vibración por
funcionamiento o ruido que pueda ser transmitida de forma mecánica a través de elementos
estructurales de las edificaciones, se deberá contar con elementos que permitan contrarrestar el
impacto por vibración.
5. Estas actividades deberán contar, con los permisos y condiciones de salubridad e higiene,
procedimientos y demás que son requeridos por las entidades competentes para este tipo de
actividad y que derivan de la Ley Nacional 09 de 1979 y demás normas que la complementen,
adicionen o sustituyan.
En caso de que esta actividad contenga o se relacione directamente con otros usos diferentes, estos
deberán cumplir con los PAU según la zona de mixtura y según su actividad.
Artículo 338. Protocolo Ambiental y Urbanístico específico para Establecimientos con venta y
consumo de licor. Los condicionamientos para este uso del suelo, son los siguientes:
Condiciones Urbanísticas.
1. Los espacios físicos para el funcionamiento de estas actividades deberán cumplir con las
condiciones técnicas para el desarroll