P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | 页面 169
Centro, estrategia que permitirá ampliar el ámbito para la financiación de su conservación y
su posicionamiento como sector estratégico a recuperar.
b) Espacios Públicos de Esparcimiento y Encuentro. Son espacios públicos de carácter
permanente, para el esparcimiento y el encuentro, con declaratoria como BIC, cuya
generación y/o adecuación es producto de la intervención directa del ser humano, y que
prestan diversos servicios a la población según el carácter, el ámbito, la valoración cultural
o patrimonial que poseen y la actividad a la cual se destinan. Este subgrupo se subdivide
en cinco (5) tipos: parque, parque cívico, plaza, zona verde recreacional y mirador
panorámico.
Parque: espacio libre situado al interior del territorio municipal, destinado a la
recreación al aire libre y a la representación y contacto con la naturaleza, y que
cuenta con valor histórico, simbólico o estético. En el parque se caracteriza por el
predominio de los valores paisajísticos y naturales y la presencia destacada de
vegetación.
Parque cívico: lugar público resultante de una agrupación de edificios en torno a
un espacio libre, que actúa como centro cívico y representativo de su entorno y que
cuenta con valor histórico, simbólico o estético. Morfológicamente, el parque cívico
debe ofrecer una lectura unitaria de espacio y se diferencia de las plazas, ya que la
vegetación desempeña un papel especial, en función de ambientar los elementos
arquitectónicos. Este factor ambiental, hace que los parques cívicos generen áreas
de descanso o recreación pasiva en sus ejes verdes, conservando parte de su área
como zonas duras, útiles para la realización de encuentros colectivos, expresiones
artísticas, ferias y encuentros culturales.
Plaza: Lugar público resultante de una agrupación de edificios en torno a un
espacio libre, que cuenta con valor histórico, simbólico o estético.
Morfológicamente, la plaza debe ofrecer una lectura unitaria de espacio, en el cual
predominan los elementos arquitectónicos que la conforman sobre los elementos
naturales, estableciéndose una lectura de escala edificio-espacio libre, factor que
determina su carácter colectivo. Se establecen como tales, los espacios públicos de
mayor representatividad, bien sea por sus características singulares de
localización, por su peso en la conformación de la estructura del desarrollo
territorial o por los valores culturales que contiene o representa.
Zona verde recreacional: Área libre de domino público con valor histórico,
simbólico o estético, constituida por franjas predominantemente arborizadas,
empradizadas y/o ajardinadas que contribuyen a la preservación de los valores
paisajísticos y ambientales del territorio, que deben garantizar su accesibilidad y
vinculación a la malla urbana. Su función principal, serán el ornato y la recreación
pasiva.
Mirador panorámico: Sitio que, por las visuales que ofrece sobre el territorio,
permite apreciar y comprender el paisaje, se convierte en referente para la
población y cuenta con valor histórico, simbólico o estético.
5. BIC del grupo paisajístico. Son fracciones del paisaje en el municipio, con valores históricos,
simbólicos o estéticos, y con declaratoria como BIC, siguiendo la clasificación internacional de
Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN
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