P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Página 150
3. Subsistema de equipamientos de almacenamiento y distribución de combustibles. Este
tipo de equipamiento se refiere a las terminales de combustible que se pueden ubicar en
jurisdicción del Municipio de Medellín y que se constituyen en equipamientos estratégicos para
la competitividad.
4. Subsistema de equipamientos de almacenamiento y distribución del sector primario y el
comercio popular. Se refiere al equipamiento destinado a la comercialización y distribución de
los productos agrícolas y pecuarios del sector primario, mediante las galerías y plazas de
mercado cubiertas, dirigidas a las distribución al por menor, además de los centros destinados a
organizaciones de venteros ambulantes y estacionarios que hacen parte de programas dirigidos
por la Administración Municipal. Dichos productos son para el consumo de la población y se
deberán acatar todas las normas higiénicas, sanitarias, ambientales existentes. Es una
edificación acondicionada para la comercialización de productos agrícolas, pecuarios (especies
menores y carne), abarrotes y artesanías. Comprende las Plazas de mercado y los Acopios
para la producción rural
5. Subsistema de equipamientos sanitarios. Este tipo de equipamientos apoyan la prestación
del servicio de disposición final de cadáveres (humanos y de animales), mediante los jardines
cementerios, los cementerios en bóvedas, los cenizarios o los osarios para el caso de humanos
y centros de zoonosis para animales.
6. Equipamientos Institucionales. Son los destinados a garantizar el funcionamiento
administrativo estatal, distinto a las acciones operativas que cada entidad pueda realizar. Estos
se clasifican según su nivel así:
a. Subsistema de equipamientos institucionales internacionales
b. Subsistema de equipamientos institucionales nacionales
c. Subsistema de equipamientos institucionales regionales
d. Subsistema de equipamientos institucionales metropolitanos
e. Subsistema de equipamientos institucionales locales
7. Subsistema de equipamientos de almacenamiento y distribución del sector primario y el
comercio popular. Se refiere al equipamiento destinado a la comercialización y distribución de
los productos agrícolas y pecuarios del sector primario, mediante las galerías y plazas de
mercado cubiertas, dirigidas a las distribución al por menor, además de los centros destinados a
organizaciones de venteros ambulantes y estacionarios que hacen parte de programas dirigidos
por la Administración Municipal. Dichos productos son para el consumo de la población y se
deberán acatar todas las normas higiénicas, sanitarias, ambientales existentes. Es una
edificación acondicionada para la comercialización de productos agrícolas, pecuarios (especies
menores y carne), abarrotes y artesanías.
Sección III. Criterios de Manejo del Sistema
Artículo 158. Criterios Generales de Manejo para el Sistema de Equipamientos Colectivos. Los
criterios que regulan las intervenciones en los equipamientos del Municipio son los siguientes:
1. La Administración Municipal establece la norma básica para cada uno de los equipamientos en
aspectos constructivos y urbanísticos atendiendo los criterios señalados en este Acuerdo, de
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Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN