1 . Acoso verbal es decir o escribir cosas perversas . El acoso verbal incluye lo siguiente :
• Hacer bromas .
• Usar sobrenombres .
• Ridiculizar .
• Amenazar con causar daño .
2 . El acoso social , a veces , denominado “ acoso relacional ”, implica menoscabar o dañar la reputación de alguien entre sus pares . El acoso social incluye lo siguiente :
• Aislar a alguien a propósito .
• Incitar a otros niños para no hagan amistad con alguien .
• Difundir rumores acerca de alguien .
• Humillar a alguien en público .
3 . El acoso físico implica lastimar el cuerpo o dañar las pertenencias de una persona . El acoso físico incluye lo siguiente :
• Golpear , patear , pellizcar .
• Escupir .
• Hacer tropezar , empujar .
• Tomar o romper las cosas de alguien .
• Hacer gestos groseros o rudos con las manos . El acoso escolar puede adoptar varias formas . Como se mencionó anteriormente , el acoso puede ser una expresión escrita , verbal o electrónica , un acto o gesto físico , una representación gráfica ( por ejemplo , un grafiti ). El acoso puede incluir el uso indebido de la tecnología en cualquier forma , inclusive enviar o publicar mensajes de correo electrónico , mensajes instantáneos , mensajes de texto , publicaciones en blogs o redes sociales , imágenes o fotografías digitales , u otras publicaciones electrónicas , independientemente de si tales actos son cometidos dentro de los terrenos del Distrito , o fuera de ellos , y con el uso de recursos del Distrito , o sin ellos . El acoso escolar basado en una clasificación protegida establecida en la Política de Igualdad de Oportunidades Educativas del Distrito ( raza , color , credo , religión , país de origen , sexo , estado civil , discapacidad , condición familiar , condición de beneficiario de asistencia pública , orientación sexual o edad ) puede también constituir una infracción a la Política de Acoso , Violencia y Discriminación del Distrito .
B . “ Empleado del Distrito ” a los efectos de esta política incluye a miembros de la Junta Escolar , empleados del Distrito , agentes , voluntarios , contratistas , proveedores o personas a cargo de la supervisión y el control del Distrito .
C . “ Inmediatamente ” o “ inmediato ” significa tan pronto sea posible , pero , en ningún caso , después de 24 horas .
D . “ En la propiedad del Distrito , en funciones relacionadas con la escuela o en forma electrónica ” significa en todos los edificios del Distrito , zonas escolares , y propiedad de la escuela o propiedad inmediatamente adyacente a las zonas de la escuela , paradas de autobús de la escuela , autobuses escolares , vehículos escolares , vehículos contratados por la escuela , o cualquier otro vehículo aprobado para fines del Distrito , el área de ingreso o salida de la zona escolar , locales , eventos o paseos , el uso de cualquier equipo tecnológico o sistema del Distrito dentro del campus , o fuera de él , el uso de dispositivos digitales personales en el campus o comunicaciones electrónicas fuera del campus que causan o amenazan causar una interrupción sustancial y material en la escuela o interfiere con los derechos de seguridad de los estudiantes o empleados . La propiedad del Distrito también puede significar la ruta a pie de un estudiante hacia o desde la escuela con el objetivo de asistir a la escuela o a funciones , actividades o eventos relacionados con la escuela . Si bien se prohíbe el acoso escolar en estos lugares o eventos , o a través del uso de los recursos tecnológicos del Distrito , el Distrito no garantiza que proveerá supervisión o asumirá responsabilidad en estos lugares o eventos , o a través del uso de los recursos tecnológicos del Distrito .
IV . PROCEDIMIENTO PARA HACER UNA DENUNCIA
A . Cualquier persona que crea que ha sido objeto de acoso escolar o cualquier persona en conocimiento o creencia de una conducta que puede constituir acoso escolar deberá notificar inmediatamente los presuntos actos a un administrador , consejero o intercesor de servicios al estudiante en esa escuela . Un estudiante puede reportar el acoso escolar de manera anónima . No obstante , la capacidad del Distrito para actuar contra un ofensor basado únicamente en un informe anónimo puede ser limitada .
B . El informe ( verbal o por escrito ) debe hacerse inmediatamente , o lo más pronto posible después de ocurrido el incidente ; las demoras entre la fecha del presunto incidente y la fecha de informe pueden dificultar más las investigaciones .
C . El Distrito aconseja a la presunta víctima o a la parte que hace la denuncia utilizar un formulario de informe ; los informes orales y electrónicos también se considerarán denuncias . El formulario está disponible en la oficina de orientación y administración de cada escuela , la oficina del Distrito y en el sitio web del Distrito en : http :// www . ahschools . us / complaintform . A solicitud de las personas con una discapacidad cualificadas , se facilitarán medios alternativos para presentar una queja ; puede ser a través de una entrevista personal o con una grabación en cinta .
D . Ninguna disposición de esta política prevendrá a cualquier persona de que informe acoso , violencia o discriminación directamente al Coordinador del Título IX o el Coordinador de Equidad , o al superintendente :
Coordinador del Título IX o Coordinador de Equidad Dirección postal : 2727 N Ferry St ., Anoka , MN 55303 Teléfono : 763-506-1000 Correo electrónico : titleIXcoordinator @ ahschools . us
Superintendente , Distrito Escolar Anoka-Hennepin Dirección postal : 2727 N Ferry St ., Anoka , MN 55303 Teléfono : 763-506-1000 Correo electrónico : superintendent @ ahschools . us
E . Los empleados del Distrito estarán especialmente alerta a posibles situaciones , circunstancias o eventos que puedan incluir acoso escolar . Cualquier persona que reciba un informe , observe , o tenga conocimiento o creencia de una conducta que pueda constituir acoso escolar debe informar inmediatamente al director del edificio o a quien él designe .
F . Los informes de acoso escolar se clasifican como información educativa privada o información del personal o información confidencial de investigación y no serán revelados con excepción de lo permitido por la ley .
G . La presentación de una denuncia de buena fe o un informe de acoso escolar no afectará a la presunta víctima o al informante en su empleo futuro , notas , asignaciones de trabajo o entorno educativo o laboral .
H . El Distrito respetará la privacidad de la presunta víctima , el informante , el individuo contra quien se ha presentado la denuncia y los testigos tanto como sea posible , en consonancia con la obligación del Distrito de investigar , tomar la acción adecuada y cumplir con las obligaciones legales de divulgación .
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