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8. ¿Cómo se constituye una compañía 'offshore'?
Una vez establecido el contacto con los representantes del beneficiario, el despacho
panameño provee los administradores para las compañías. En el caso de Panamá son
suficientes tres administradores y un accionista (o dueño). Ninguno de ellos tiene por qué
ser el beneficiario final de la sociedad.
Estas personas pueden así ejercer como 'testaferros' (literalmente, 'cabeza de hierro' en
italiano), hombres de paja que se utilizan para que no aparezca el nombre del verdadero
dueño de la sociedad. Despachos como Mossack Fonseca proveen este servicio, por lo
que es bastante frecuente que un testaferro coincida en varias sociedades sin que este hecho
implique, por sí solo, que haya alguna conexión entre ellas.
Aún cuando se conoce el nombre de los administradores de una sociedad, es muy complejo
llegar saber quién es su dueño. Incluso conociendo el nombre de los administradores, no es
fácil llegar al beneficiario final. Como en el caso del ático de González, suelen hacer falta
requerimientos judiciales para descubrir quién posee realmente una compañía 'offshore'.
El gran atractivo de las sociedades panameñas ha sido históricamente la posibilidad de
tener acciones al portador, títulos cuya simple posesión física acredita la participación en
una sociedad y hace extremadamente complejo rastrear los verdaderos dueños para las
Haciendas nacionales. Es decir, aquellos que tenían cuentas en Suiza o Andorra podían
crear una de estas sociedades en las que ni siquiera figuraba su nombre, sino que bastaba
con tener en su poder las acciones físicas.
En 2015 el Gobierno de Panamá tuvo que regular este tipo de acciones, entre otras
medidas, para adaptar las leyes locales a las normas internacionales contra el blanqueo de
dinero