Líneas de procesos: Néctares de Fruta
Definición: según la resolución 3929/2013 expedida por el ministerio de salud y protección social, Néctar es el producto sin fermentar, elaborado con jugo (zumo), o pulpa de fruta concentrados o no, o la mezcla de estos, adicionado de agua, aditivos permitidos, con o sin adición de azúcares, miel, jarabes, o edulcorantes o una mezcla de estos.
•Los néctares de frutas deben tener el color, aroma y sabor característicos del jugo (zumo) o pulpa de fruta, concentrados o no, clarificados o no o la mezcla de estos, acorde de la fruta que proceden.
•Cuando el producto se elabora con dos o más jugos (zumo) o pulpa de fruta, concentrados o no, clarificados o no la mezcla de estos, los sólidos solubles totales de fruta en el producto están determinados por la suma del aporte porcentual de solidos solubles de cada una de las frutas constituyentes. La fruta predominante será la que más sólidos solubles aporte a la formulación.
•Se podrá hacer la adición de azúcares, mieles, jarabes, edulcorantes calóricos o una mezcla de estos aditivos o aromatizantes, acorde con la normatividad sanitaria vigente.