nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 3- BOLETIN FEDDF JULIO 2015 | Page 42
Aspectos laborales y
fiscales a
contemplar en las
entidades sin ánimo
de lucro
Como primera cuestión
para resaltar la
relevancia de lo que voy
a exponer quiero llamar
la atención sobre el
hecho de que el 1 de
julio de 2015 entra en
vigor la reforma del
Código penal operada
por la Ley Orgánica
1/2015 de 30 de marzo,
que
supone
la
desaparición de las
faltas, pasando todo a
delitos graves, menos
graves y leves, y que el
artículo 311 del Código
penal establece que ...
"Serán castigados con
las penas de prisión de
seis meses a seis años y
multa de seis a doce
meses:
1º ...
2º Los que den
o c u p a c i ó n
simultáneamente a una
pluralidad
de
trabajadores sin
comunicar su alta en el
régimen de la Seguridad
Social que corresponda
o, en su caso, sin haber
por D. Carlos Bonell Pascual Presidente Comité Jurídico
FEDDF y Socio-Director de Monfort & Bonell Abogados
obtenido
la
correspondiente
autorización de trabajo,
siempre que el número
de trabajadores
afectados sea al menos
de:
a) el veinticinco por
ciento, en las empresas
o centros de trabajo que
ocupen a más de cien
trabajadores,
b) el cincuenta por
ciento, en las empresas
o centros de trabajo que
ocupen a más de diez
trabajadores y no más
de cien, o
c) la totalidad de los
mismos, en las
empresas o centros de
trabajo que ocupen a
más de cinco y no más
de diez trabajadores."
Por ello resulta
fundamental conocer si
existe relación laboral y
obligación de alta y
cotización en el personal
que presta servicios por
cuenta y orden de una
entidad sin ánimo de
lucro, entre las que se
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encuentran las mayoría
de clubes deportivos.
En las Entidades sin
ánimo de lucro podemos
distinguir básicamente
tres relaciones o
vínculos distintos:
1- vínculo asociativo
como directivo o
asociado al amparo de
la Ley Orgánica 1/2001
de 22 de marzo
reguladora del Derecho
de Asociación
2- colaboración como
voluntario al amparo de
la Ley 6/1996 de 15 de
enero, del voluntariado
3- relación laboral al
amparo del Estatuto de
los Trabajadores
Como la cuestión es
compleja, y como mi
parte se refiere a los
aspectos laborales,
hemos de empezar
dejando bien claro qué
es relación laboral y qué
es relación de
voluntariado.