nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 1 - BOLETIN FEDDF ENERO 2015 | Page 3
BOLETÍN ELECTRÓNICO “ FEDDF: PASIÓN POR EL DEPORTE”
LICENCIA DEPORTIVA
La propuesta indica que la
licencia producirá efectos
en los ámbitos estatal y
autonómico, desde el
momento en que se
inscriba en el registro de la
federación deportiva
autonómica.
ÁMBITO
Nacional con tramitación autonómica.
LA NUEVA LICENCIA DEPORTIVA
por Francisco Bartoll – Secretario General FEDDF
Coste tramo estatal
La Asamblea de la FEDDF
establecerá el importe que le
corresponda en el coste de cada
licencia anualmente y con carácter
previo al inicio de la siguiente
temporada
COSTE DE LOS SERVICIOS
deberá efectuar un estudio
económico a someter a la
Asamblea General, para
establecer el coste de los
servicios que presta y que
constituya una justa
contraprestación del importe a
percibir por cada licencia
ENTRADA EN VIGOR
1 JULIO 2015
PARA MAYOR INFORMACIÓN
[email protected]
El día 17 de enero de 2014, el
Consejo de Ministros aprueba
el Proyecto de Ley de
racionalización
del
sector
público y otras medidas de
reforma administrativa. En
relación al ámbito del deporte
el artículo 23 del Proyecto,
incluido en el Capítulo III,
titulado
“Medidas
de
simplificación
administrativa
para ciudadanos y empresas”,
Sección 1ª del Deporte.,
incluye la modificación del
artículo 32.4 de la vigente Ley
del Deporte.
El texto no ha sido aún
aprobado por el Congreso de
los Diputados, si bien ya ha
sido tramitado en el Senado.
Se desconoce en la actualidad
el calendario de tramitación,
hasta su definitiva aprobación,
si bien el Consejo Superior de
Deportes ya ha avanzado a la
Presidencia de nuestra FEDDF
que su implantación va a
producirse, seguramente, ya
para la próxima temporada
deportiva
2014-2015.
Ello
implica que debe quedar
terminado el trámite, máximo,
en el mes de abril de 2015,
dado que la celebración de las
asambleas
federativas
es
preceptiva dentro del primer
semestre de cada año. Y se
llevan a cabo normalmente los
meses de mayo y junio.
Con independencia de su
definitiva aprobación y de la
previsión de un
desarrollo
reglamentario que el propio
texto de la propuesta incluye, a
continuación efectuamos unas
consideraciones respecto de la
futura aplicación de la nueva
licencia deportiva, surgida a
raíz de la modificación del
artículo 32.4 de la Ley