nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 1 - BOLETIN FEDDF ENERO 2015 | Page 3

BOLETÍN ELECTRÓNICO “ FEDDF: PASIÓN POR EL DEPORTE” LICENCIA DEPORTIVA La propuesta indica que la licencia producirá efectos en los ámbitos estatal y autonómico, desde el momento en que se inscriba en el registro de la federación deportiva autonómica. ÁMBITO Nacional con tramitación autonómica. LA NUEVA LICENCIA DEPORTIVA por Francisco Bartoll – Secretario General FEDDF Coste tramo estatal La Asamblea de la FEDDF establecerá el importe que le corresponda en el coste de cada licencia anualmente y con carácter previo al inicio de la siguiente temporada COSTE DE LOS SERVICIOS deberá efectuar un estudio económico a someter a la Asamblea General, para establecer el coste de los servicios que presta y que constituya una justa contraprestación del importe a percibir por cada licencia ENTRADA EN VIGOR 1 JULIO 2015 PARA MAYOR INFORMACIÓN [email protected] El día 17 de enero de 2014, el Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa. En relación al ámbito del deporte el artículo 23 del Proyecto, incluido en el Capítulo III, titulado “Medidas de simplificación administrativa para ciudadanos y empresas”, Sección 1ª del Deporte., incluye la modificación del artículo 32.4 de la vigente Ley del Deporte. El texto no ha sido aún aprobado por el Congreso de los Diputados, si bien ya ha sido tramitado en el Senado. Se desconoce en la actualidad el calendario de tramitación, hasta su definitiva aprobación, si bien el Consejo Superior de Deportes ya ha avanzado a la Presidencia de nuestra FEDDF que su implantación va a producirse, seguramente, ya para la próxima temporada deportiva 2014-2015. Ello implica que debe quedar terminado el trámite, máximo, en el mes de abril de 2015, dado que la celebración de las asambleas federativas es preceptiva dentro del primer semestre de cada año. Y se llevan a cabo normalmente los meses de mayo y junio. Con independencia de su definitiva aprobación y de la previsión de un desarrollo reglamentario que el propio texto de la propuesta incluye, a continuación efectuamos unas consideraciones respecto de la futura aplicación de la nueva licencia deportiva, surgida a raíz de la modificación del artículo 32.4 de la Ley