nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 1 - BOLETIN FEDDF ENERO 2015 | Page 13

BOLETÍN ELECTRÓNICO “ FEDDF: PASIÓN POR EL DEPORTE” La LISMI fue la primera ley aprobada en España dirigida a regular la atención y los apoyos a las personas con discapacidad y sus familias, en el marco de los artículos 9, 10, 14 y 49 de nuestra entonces joven Constitución La LISMI fue un faro, una referencia, una norma programática cuyo cumplimiento parecía imposible, y que ha costado tanto de interiorizar, no sólo a la sociedad sino también a las propias instituciones públicas encargadas de su tutelar su aplicación y cumplimiento. La Ley 51/2003 se centró en dos estrategias de intervención: la lucha contra la discriminación y la accesibilidad universal, y previó un régimen sancionador para un momento posterior PARA MAYOR INFORMACIÓN [email protected] El Marco legal general de los derechos de las personas con Discapacidad por Carlos A. Bonell Pascual. Presidente del Comité Jurídico FEDDF Abogado especialista en la rama social del Derecho He de iniciar necesariamente mi colaboración dentro de esta sección de Derecho y Discapacidad –o derechos de las personas con discapacidad--, con la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que cumplió su primer cumpleaños de vigencia el pasado 4 de diciembre, y vino a refundir en un solo texto normativo tres normas muy relevantes. La primera norma es la mítica Ley de Integración Social de las personas con discapacidad (que nació como Ley de Integración social de las personas minusválidas y todo llamábamos y conocíamos por su acrónimo LISMI). La LISMI fue la primera ley aprobada en España dirigida a regular la atención y los apoyos a las personas con discapacidad y sus familias, en el marco de los artículos 9, 10, 14 y 49 de nuestra entonces joven Constitución; y supuso –sin ningún género de dudas— la línea que marca el antes y el después, un primer impulso muy relevante para aquel momento histórico y social. La LISMI formuló ya la idea argumental de que la protección y las medidas de equiparación para garantizar los derechos de las personas con discapacidad exigían apoyos complementarios, ayudas técnicas y servicios especializados que puedan permitir realmente alcanzar esa vida normal en su entorno: prestaciones económicas, servicios y medidas de integración laboral y de accesibilidad. La LISMI sentó los principios que posteriormente se irían incorporando a las leyes de desarrollo constitucional de derechos como la sanidad, la educación y el empleo. La LISMI fue un faro, una referencia, una norma programática cuyo cumplimiento parecía imposible, y que ha costado tanto de interiorizar, no sólo a la sociedad sino también a las propias instituciones públicas